\r\nLa operatoria con tarjetas de crédito ha sido objeto de regulación específica a través de la ley 25.065, lo que implica que sus disposiciones prevalecen sobre cualquier interpretación que se efectúe de la intención que tuvieron las partes al celebrar el contrato, ya que impone formalidades cuyo incumplimiento genera las consecuencias que la misma normativa prevé. La finalidad de esta ley ha si...
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\r\nLa firma inserta en la solicitud de adhesión al sistema de tarjetas de crédito no importa la aceptación de las condiciones contractuales si no se ha firmado al pie del contrato, ya que la rúbrica puesta únicamente en la solicitud de emisión sólo exterioriza la voluntad del adicional de utilizar el sistema de compras mediante el uso de una tarjeta de crédito con imputación de sus gastos a la cu...
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Al margen del tenor literal de las normas tributarias municipales, que no pueden interpretarse como un compartimiento estanco, la decisión apelada es injusta porque el deudor está siempre y, en todo caso, obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata por lo tanto de una obligación de carácter legal, constituida nada más que por accesorios de una deuda princip...
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Al margen del tenor literal de las normas tributarias municipales, que no pueden interpretarse como un compartimiento estanco, la decisión apelada es injusta porque el deudor está siempre y, en todo caso, obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata por lo tanto de una obligación de carácter legal, constituida nada más que por accesorios de una deuda princip...
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Al margen del tenor literal de las normas tributarias municipales, que no pueden interpretarse como un compartimiento estanco, la decisión apelada es injusta porque el deudor está siempre y, en todo caso, obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata por lo tanto de una obligación de carácter legal, constituida nada más que por accesorios de una deuda princip...
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Al margen del tenor literal de las normas tributarias municipales, que no pueden interpretarse como un compartimiento estanco, la decisión apelada es injusta porque el deudor está siempre y, en todo caso, obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata por lo tanto de una obligación de carácter legal, constituida nada más que por accesorios de una deuda princip...
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Al margen del tenor literal de las normas tributarias municipales, que no pueden interpretarse como un compartimiento estanco, la decisión apelada es injusta porque el deudor está siempre y, en todo caso, obligado a pagar los intereses causados por la mora (arts. 508 y 622 C.C.). Se trata por lo tanto de una obligación de carácter legal, constituida nada más que por accesorios de una deuda princip...
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\r\nLa acción declarativa prevista por el art. 322 C.P.C.C.N., tiende a determinar la existencia de un estado de incertidumbre a fin de eliminar en forma inmediata la duda razonable que repercute sobre el patrimonio del supuesto afectado, reinstaurar el imperio del derecho y así obtener una declaración de certeza que establezca si se encuentra suspendida -o no- la prohibición de aplicar el ajuste ...
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\r\nEl carácter netamente preventivo de la acción declarativa de certeza exige la existencia de un interés jurídico suficiente en el accionante configurado por la posibilidad de que, como contribuyente, pueda padecer un perjuicio o lesión actual, un peligro de daño generado en el estado de incertidumbre acerca de la obligatoriedad de continuar tributando el impuesto a las ganancias en condiciones ...
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En materia impositiva, la tacha de confiscatoriedad de un tributo requiere que el gravamen cuestionado exceda la capacidad económica o financiera del contribuyente, ya que sólo constituye capacidad contributiva aquella riqueza que puede ser detraída sin perjudicar la supervivencia de la organización económica gravada, por lo que, la impugnación del art. 39 ley 24.073 que prohíbe el ajuste por infl...
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