El Estado nacional, desconociendo en forma absoluta el texto expreso de la ley 25.466 que declaró la intangibilidad de los depósitos bancarios, y quebrando por completo el principio de confianza legítima res-pecto de los ciudadanos, implantó el consabido «corralito», pese a que incluso la ley de intangibilidad no fue dictada en el marco de una situación económica floreciente, sino que -por el cont...
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La normativa impugnada, de restricción a los depósitos bancarios, ha mutado la sustancia o esencia del derecho adquirido por el ahorrista, a partir de la imposición de dinero en una cuenta o a la vista o a plazo fijo. Lo que comenzó como una anunciada restricción por el plazo de noventa días, terminó siendo un verdadero despojo, fruto de una conversión coercitiva y sustancial del negocio jurídico....
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La existencia de otras vías procesales aptas que harían improcedente el amparo, no es postulable en abstracto, sino que depende en cada caso de la situación concreta de cada demandante, cuya evaluación es propia del tribunal de grado....
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Estamos en presencia de una acción constitucional (art. 43 C.N.) encaminada a descalificar el ejercicio del poder de policía financiero y bancario por parte del Estado nacional o de sus organismos dependientes del Poder Ejecutivo y/o el BCRA, alegándose un ejercicio irrazonable de éste, con flagrante violación al derecho de propiedad. El marco de conocimiento que permite la acción de amparo, se ha...
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Corresponde declarar la inconstitucio-nalidad del sistema implementado a partir del decr. 1570/01, de restricción a la libre disponibilidad de los depósitos bancarios y sobre las normas posteriores que, devaluación y pesificación mediante, agravaron sensiblemente la situación de los ahorristas....
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El lucro cesante es un concepto amplio que debe comprender, además de la pérdida de ganancias actuales, todas aquéllas que a través del tiempo puedan dejar de obtenerse como consecuencia de la minusvalía o pérdida de potencialidad (futuras ventajas económicas). No se trata simplemente de la frustración de aquello que ya tiene derecho la víctima a obtener, sino también lo que probablemente pueda lo...
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Siendo evidente que los ingresos del actor sufrieron una efectiva disminución, el resarcimiento está bien otorgado bajo el rubro lucro cesante La incapacidad física acarrea consecuencias patrimoniales, por la dificultad de acceder a otro tipo de tareas, posibilidad de ascenso y consecuente mejora en el haber jubilatorio, consideración social, etcétera.
Procede el rubro lucro cesante porque los in...
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Para que opere la exclusión de una deuda del régimen de consolidación de obliga-ciones prevista en las leyes de emergencia (leyes provinciales 8250, 8836 y decr.2656/01) se deben dar ciertos requisitos, estos son, que se trate de un daño emergente, cierto, inmediato y presente....
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El daño inmediato es la consecuencia que el hecho produce naturalmente y por su fuerza eficiente (art. 901, 1ª parte, C.C.) es decir, aquél que razonablemente va a suceder según el curso natural y ordinario de las cosas....
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No se encuentra en discusión la inmediatez del daño, por cuanto la rotura del caño (hecho-causa) y la desocupación de la vivienda (hecho-consecuencia) se encuentran vinculados o conectados sin intervención de otro acontecimiento con capacidad de desvirtuar el nexo causal....
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