I. Introducción. II. Legislatura Unicameral. III. Sanción de leyes. Trámite constitucional (externo) y trámite legislativo (interno). 1. Trámite constitucional. a. Iniciativa. b. Presentación. c. Sanción. c.1. Sanción en doble lectura. c.2. Rechazo. d. Promulgación y veto. d.1. Promulgación. d.2. El veto. e. Publicación. IV. Trámite legislativo (interno). 1. Sanción del proyecto de ley. 1.1. Toma ...
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1. Fuero de atracción. 2. Principales críticas a la reforma y su defensa. 3. Cuestiones que suscitaron interpretaciones dificultosas. 4. Derecho transitorio. 5. Conclusión....
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1. Introducción. 2. Daño sobreviniente o futuro. 3. Los métodos. 3.1 Críticas metodológicas. 3.2. Las variables a considerar y fórmulas propuestas. 4. Posibilidades de flexibilidad de la fórmula. 5. Novedades del fallo ?Méndez?. 5.1. Destino del dinero. 5.2. Edad tope. 5.3. Ingreso descongelado. 5.4. Tasa de interés. 6. Daño moral. 7. Conclusiones....
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I. Introducción. a. Concepto y naturaleza jurídica. b. Fundamento y finalidad. II. Criterios jurisprudenciales. a. Pena sobre la que debe examinarse la procedencia del instituto de la suspensión del juicio a prueba. b. Procedencia del instituto cuando el delito tiene prevista pena de inhabilitación. c. Carácter vinculante del dictamen fiscal en la suspensión del juicio a prueba. III. Conclusión....
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1. Introducción. 2. El sistema constitucional que rige en el orden federal. 3. Un antecedente interpretativo. 4. Distinción entre normas de fondo y de forma. 5. La competencia legisferante y el derecho común. 6. Obligaciones propter rem o privilegio. 7. El leading case Filcrosa S.A.....
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Es erróneo el tratamiento de la constitucionalidad de las leyes nacionales 24.624 y 25.973 y de la ley provincial 9086 en forma conjunta, desde que ninguna de esas normas tiene el carácter de la legislación transitoria motivada en alguna de las tantas emergencias que se han declarado; y además lo que dispone la ley provincial no es lo mismo que establecen las leyes nacionales. Unido esto a los dis...
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Es erróneo el tratamiento de la constitucionalidad de las leyes nacionales 24.624 y 25.973 y de la ley provincial 9086 en forma conjunta, desde que ninguna de esas normas tiene el carácter de la legislación transitoria motivada en alguna de las tantas emergencias que se han declarado; y además lo que dispone la ley provincial no es lo mismo que establecen las leyes nacionales. Unido esto a los dis...
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El solo diligenciamiento de la cédula que notifica el proveído que llama los autos a estudio no alcanza para operar, efectivamente, el pase de la causa a estudio efectivo del tribunal. De tal modo, la instancia no puede considerarse legalmente suspendida en los términos del art. 342 inc. 3 C.P.C.C. Por el contrario, subsiste todavía la carga de impulsar el procedimiento en cabeza del pretensor, qu...
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