Resultados

04 Nov 2016

Jubilacion

Alanis, Omar Orlando c/ Derudder Hnos. S.R.L. Jubilacion
Recaudos para intimarla /
Tribubal: Cámara del Trabajo, Sala 7ª

Queda acreditado que al día del emplazamiento (6/6/10) el actor no contaba con los requisitos exigidos por el art. 252 de la L.C.T. respecto de edad jubilatoria y años de aportes. Bajo ese criterio, siendo que la demandada no poseyó la legitimación necesaria para intimar al actor el 16/6/10, tampoco la tenía el 21/8/12 cuando, mediante escritura pública procedió a extinguir el contrato de trabajo ...

Ver más
19 May 2015

Jubilacion

Cúneo, Blanca Rosa y otros c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Jubilacion
Haber jubilatorio / Cálculo / Existencia de sumas compensatorias / Doble reajuste /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Habiéndose dictado normas provinciales con el objeto de compensar la diferencia existente entre las remuneraciones del personal activo y de los pasivos provinciales, no aparece acertada la incorporación de los adicionales no remunerativos cobrados por los activos al cálculo de los haberes previsionales. Si así se hiciera, habiendo percibido ya las sumas compensatorias otorgadas, lejos de cumplimen...

Ver más
23 Mar 2012

Jubilacion

Albarracín, Roberto Gregorio c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Jubilacion
Integración del haber previsional / Principios constitucionales que rigen la materia previsional / Directrices para su aplicación /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativo

Los principios constitucionales que rigen la materia previsional, cuya tutela primigenia se encuentra en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, reconocen a los beneficiarios un nivel de vida similar, dentro de una “proporcionalidad justa y razonable”, al que le otorgaran a él y a su núcleo familiar, las remuneraciones percibidas en la actividad. Se trata de una técnica o mecanismo que garanti...

Ver más
23 Mar 2012

Jubilacion

Albarracín, Roberto Gregorio c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Jubilacion
Noción de remuneración / Distinción entre conceptos remunerativos y no remunerativos /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

El principio fundamental a la luz del cual cabe dar sentido al concepto de sueldo o haber computable a los fines jubilatorios es aquel que impone cierta proporcionalidad entre el haber de actividad y el de pasividad, de naturaleza sustitutiva; por lo que, a tales efectos, la referencia necesaria es la remuneración entendida en sentido lato, es decir, comprensiva del sueldo, los suplementos general...

Ver más
23 Mar 2012

Jubilacion

Albarracín, Roberto Gregorio c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba Jubilacion
Recursos de inconstitucionalidad y casación: distinción y procedencia /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Es doctrina consolidada de este tribunal que el agravio concerniente a la aplicación de una norma que se reputa inconstitucional puede ser traído a través del recurso de inconstitucionalidad, previa introducción oportuna de la cuestión constitucional, mientras que la arbitraria interpretación de una norma que deriva en la descalificación de la fundamentación de la sentencia que aparece como un act...

Ver más
07 Apr 2010

Jubilacion

Principi, Rubén Roque c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba Jubilacion
Reducción de haberes / Porcentaje del 82 % móvil / Jurisprudencia del T.S.J. / Economía procesal /
Tribubal: Cámara 1ª C. C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

En cuanto al análisis del exceso en el límite demarcado para las medidas tomadas como consecuencia de la declaración de emergencia de la Caja de Jubilaciones, es indudable que las normas que establecen una reducción de los haberes jubilatorios que el beneficiario debe percibir en efectivo, como lo hacen los arts. 6º y 7º de la ley cuestionada, transgreden y vulneran el derecho a la irreductibilida...

Ver más
07 Apr 2010

Jubilacion

Principi, Rubén Roque c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba Jubilacion
Costas por el orden causado /
Tribubal: Cámara 1ª C. C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

Las costas correspondientes a ambas instancias deben ser soportadas por el orden en que fueron causadas, con fundamento en lo dispuesto por el art. 82 de la ley 8024, modificado por ley 9504....

Ver más
17 Apr 1998

Jubilacion

Agüero, Aldo Adelio c/ Cadol S.A. - Demanda - Recurso de casación Jubilacion
Indemnización por antigüedad / Trabajador que continúa trabajando o reingresa a las ordenes del mismo empleador / Forma de computar la antigüedad /
Tribubal: T.S.J., Sala Laboral

La concesión de la jubilación requiere que la relación de trabajo mantenida hubiese cesado. Para el caso que luego continúe, significa un corte en dos períodos de vida laboral; el activo y el posterior al reconocimiento de ese derecho, que normalmente marca el ingreso de la etapa pasiva. La ley, sin duda, no quiso convertir la relación laboral en la que interviene un trabajador que regresa a la v...

Ver más
11 Dec 1997

Jubilacion

Acción de amparo presentada por Marta Edith Chaar de Flores, Laura A. Guell de Dottori y otros Jubilacion
Constitucionalidad del decr. 1777/95 / Haber previsional / Haber previsional / Sueldo del gobernador. Cálculo del 82 % móvil /
Tribubal: T.S.J., en pleno

El decr. 1777/95 efectúa una interpretación acorde a la ley de jubilaciones y a la Constitución. Su juridicidad y razonabilidad es evidente en tanto se subordina a la letra del art. 50 inc. «a» de la ley 8024 como de los arts. 55 y 57 de la Carta Magna local, ya que ajusta la determinación de las prestaciones a partir de una correcta y razonable interpretación de lo que debe considerarse como «rem...

Ver más
25 Aug 1997

Jubilacion

Carranza, Raúl Ernesto c/ Provincia de Córdoba y otra Jubilacion
Constitucionalidad del decr. 1777/95 / Determinación del haber previsional / 82 % móvil / Tope haber jubilatorio: sueldo del gobernador /
Tribubal: T.S.J. en pleno

El decr. 1777/95 efectúa una interpretación acorde a la ley de jubilaciones y a la Constitución. Su juridicidad y razonabilidad es evidente en tanto se subordina a la letra del art. 50 inc. «a» de la ley 8024 como de los arts. 55 y 57 de la Carta Magna local, ya que ajusta la determinación de las prestaciones a partir de una correcta y razonable interpretación de lo que debe considerarse como «rem...

Ver más