Si la demandada en juicio de desalojo, en su responde esgrimió la calidad de poseedora a título de dueña, es menester que acredite prima facie la calidad de poseedora a fin de que el actor se vea precisado a recurrir a las acciones petitorias o posesorias. La circunstancia de que la accionada hubiera efectuado ciertas obras como baño, cambio de azulejos, toda la instala...
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El desalojo procede contra el locatario, sublocatario, tenedor precario, intruso o cualquier ocupante o tenedor cuya obligación de restituir es exigible (art. 750 C.P.C.C.). Si el dominio es el afectado, al titular le corresponden las acciones reivindicatorias y si lo es la posesión, las posesorias. \nLa ocupación del inmueble durante quince años acreditada mediante doc...
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Si la demandada en juicio de desalojo, en su responde esgrimió la calidad de poseedora a título de dueña, es menester que acredite prima facie la calidad de poseedora a fin de que el actor se vea precisado a recurrir a las acciones petitorias o posesorias. La circunstancia de que la accionada hubiera efectuado ciertas obras como baño, cambio de azulejos, toda la instala...
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El desalojo procede contra el locatario, sublocatario, tenedor precario, intruso o cualquier ocupante o tenedor cuya obligación de restituir es exigible (art. 750 C.P.C.C.). Si el dominio es el afectado, al titular le corresponden las acciones reivindicatorias y si lo es la posesión, las posesorias. \nLa ocupación del inmueble durante quince años acreditada mediante doc...
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El pago es el cumplimiento de la prestación, sea de hacer o de dar (art. 725 C.C.). El pago tiene como objeto extinguir una obligación y, como contrapartida, aniquilar el derecho del acreedor. Por ello, el pago no sólo tiene una trascendencia fundamental para el deudor -solvens- sino para el acreedor -accipiens-: los efectos del pago se cumplen tanto en el sujeto activo como en el pasivo. Es un a...
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El art. 40 ley 8575, de emergencia económica, no es aplicable por haber caducado su plazo de vigencia el 31 de diciembre de 1997....
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El obligado debe los intereses desde el momento en que se produjo el daño, puesto que la mora acaece con la privación ilegítima que da lugar a resarcimiento, como lo ha sostenido la doctrina y jurisprudencia en general. Los intereses no surgen de la erogación que haya hecho el damnificado, sino del desmedro ocasionado.
El momento en que se produjo el daño fue la rotura del caño de la demandada, q...
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No es nula la sentencia por errores en la aplicación del derecho. Los jueces cumplen con el art. 155 Const. Pcial. al dictar las sentencias dentro de las formas legales aunque puedan estar afectadas de errores jurídicos. Su motivación está debidamente fundada explicando los hechos, considerando y relacionando los elementos de prueba aportados por las partes y motivándose sobre esa base....
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El contrato de suministro es de naturaleza administrativa y tiene por objeto la provisión de cosas muebles, con gastos y riesgos a cargo del proveedor y remunerado en dinero. Tienen importancia los plazos de ejecución, atento a que la administración sabe así con qué puede contar y el contratante puede hacer sus cálculos de antemano. El respeto de los plazos, por lo tanto, figura entre las obligaci...
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1. El demandante tiene la facultad de ampliar la demanda antes de que sea contestada siempre que se funde en hechos que no impliquen un cambio de acción (art. 159 C. de P.C.).
2. El crédito por impuestos y tasas que recaen sobre el inmueble si bien nace del mismo contrato de alquiler es distinto de éste, porque se funda en otros “hechos”. El arriendo es el pago por el uso de la cosa; la tasa, la ...
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