Posesión

Ocupación prolongada del inmueble / Presunción de actos posesorios /

El desalojo procede contra el locatario, sublocatario, tenedor precario, intruso o cualquier ocupante o tenedor cuya obligación de restituir es exigible (art. 750 C.P.C.C.). Si el dominio es el afectado, al titular le corresponden las acciones reivindicatorias y si lo es la posesión, las posesorias. \nLa ocupación del inmueble durante quince años acreditada mediante doc...
Tribunal: Cámara 1ª C y C.
Autos: Stiefel, Oscar Feliciano Carlos c/ Ramonda, Hugo y otros

Revista Nro: 101
Nro Página: 279

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