Resultados

08 Aug 2001

Amparo

Pereyra, Sergio Humberto c/ Municipalidad de Villa Nueva - Amparo Amparo
Costas / Imposición por el orden causado /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Las costas deben imponerse en el orden causado por el carácter de orden público de las disposiciones aplicadas (arts. 131, 132 y 133 de la ley de contrato de trabajo y decr. 6754/43 ratificado por ley 13.894 y modif.) que el ente administrativo debió prever por tratarse de normas imperativas impuestas por el legislador en concordancia con la doctrina de los arts.130, 131 y 132 C.P.C.C., ley 8465 (...

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08 Aug 2001

Amparo

Pereyra, Sergio Humberto c/ Municipalidad de Villa Nueva - Amparo Amparo
Imposición de costas al ganador / Fundamentos /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Las costas deben imponerse al ganador, situación que ha sido prevista en nuestro C.P.C.C., cuyo art.131, segunda parte, dispone que en caso de allanamiento por parte del demandado, si éste no hubiere dado motivo a la promoción del juicio, las costas se impondrán al actor. El hecho de que se haya admitido que la condena en costas es un caso de responsabilidad objetiva, no significa que nos hallemos...

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31 Jul 2001

Contratos

Sansinanea, Renato c/ Víctor Camisasso y Hugo Severino Camisasso - Demanda ordinaria Contratos
Interpretación / Conducta observada por las partes /
Tribubal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco

Teniendo en cuenta la norma rectora del art. 1198 C.C. -es decir, la buena fe que debe presidir la celebración, interpretación y ejecución de los contratos- corresponde que dentro del análisis de una relación contractual se aprecie también la conducta observada por las partes durante la celebración y ejecución del negocio jurídico, pues dicho comportamiento trasunta la más acabada evidencia de lo ...

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31 Jul 2001

Contratos

Sansinanea, Renato c/ Víctor Camisasso y Hugo Severino Camisasso - Demanda ordinaria Contratos
Interpretación / Conducta observada por las partes /
Tribubal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco

Teniendo en cuenta la norma rectora del art. 1198 C.C. -es decir, la buena fe que debe presidir la celebración, interpretación y ejecución de los contratos- corresponde que dentro del análisis de una relación contractual se aprecie también la conducta observada por las partes durante la celebración y ejecución del negocio jurídico, pues dicho comportamiento trasunta la más acabada evidencia de lo ...

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14 Jun 2001

Juicio ejecutivo

Coop de Trab. y Serv. Grales. Docta Ltda. c/ Consorcio Propietarios Edificio Julcar - PVE Juicio ejecutivo
Prejudicialidad penal / Procedencia de la defensa /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

Para que el art. 1101 C.C. sea aplicable, la acción que se ventila en sede civil debe ser un reclamo resarcitorio por daños y perjuicios. En el juicio ejecutivo no procede la defensa de prejudicialidad. De no compartirse el criterio restrictivo de la prejudicialidad penal y en cambio se sostuviera que ella tiene un carácter amplio, podría evitarse el strepitus fori, pero abriría la posibilidad re...

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14 Jun 2001

Juicio ejecutivo

Coop de Trab. y Serv. Grales. Docta Ltda. c/ Consorcio Propietarios Edificio Julcar - PVE Juicio ejecutivo
Título hábil / Causa de la obligación / Exclusión del debate /
Tribubal: Cámara 8ª C. y C.

La ejecución tiene sustento en el convenio que, junto con el cheque de pago diferido y los pagarés que se adjuntan al mismo, constituyen una unidad inescindible a los fines de la formación del título en ejecución. El solo convenio hubiera resultado inhábil. La causa de la obligación (las facturas que dieron pie a la celebración del convenio) está marginada del debate y queda reservada para el jui...

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11 Jun 2001

Accidente de tránsito

Echenique, César A. del C. c/ Silvana del Valle Valery - Ordinario Accidente de tránsito
Automotor / Cosa riesgosa /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C

El automóvil es una cosa riesgosa, pero no menos cierto es que todo lo que resulta ser fruto de la generación de la llamada segunda naturaleza, y más aún cuando ello es de carácter material y no meramente institucional, es previsiblemente riesgoso. Pero ello no empece a que existan circunstancias de persona, tiempo y lugar donde lo que intrínsecamente resulta riesgoso en una pragmática determinada...

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11 Jun 2001

Accidente de tránsito

Echenique, César A. del C. c/ Silvana del Valle Valery - Ordinario Accidente de tránsito
Previsión del conductor / Límites /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C.

La existencia de la previsión y su límite está brindado por una consideración normal en el individuo que conduce y que por ello es exigible, conforme con lo dispuesto por el art. 902 C.C., atendiendo a las circunstancias del art. 512 C.C.. El conductor debe tener suficiente previsión por lo que ocurre en su ruta y eventualmente frente a obstáculos que puedan transponerse en su dirección, mas ello ...

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11 Jun 2001

Accidente de tránsito

Echenique, César A. del C. c/ Silvana del Valle Valery - Ordinario Accidente de tránsito
Prudencia del conductor /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C.

El conductor debe estar razonablemente atento para tener una reacción efectiva y acertada sobre lo que ordinariamente ocurre en el conducir, y no más de ello. La diligencia exigible está en conducir adecuadamente, cumpliendo con las normas de tránsito y sin dejar de tener el control pleno de su rodado en todo momento, que no es lo mismo que poder controlarlo frente a un hecho que por su inmediatez...

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11 Jun 2001

Accidente de tránsito

Echenique, César A. del C. c/ Silvana del Valle Valery - Ordinario Accidente de tránsito
Disposiciones del Código de Tránsito / Culpa de la víctima /
Tribubal: Cámara 5ª C. y C.

Cuando el peatón elija cruzar las calles por otro lado que el señalado en el Código de Tránsito (art. 6º ordenanza 8643), deberá asumir que la protección jurídica agregada por su intrínseca debilidad frente al automóvil, se ve máximamente recortada. Ha roto la regla y su cruce, entonces, se vuelve imprevisible para el conductor, en tanto su conducción sea la adecuada a las circunstancias de tiempo...

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