La determinación de cuándo se ha rebasado la normal tolerancia es una cuestión de hecho librada exclusivamente a la apreciación judicial en cada caso concreto.
No es menester la prueba pericial u otra de igual entidad para asegurar que las condiciones ambientales de los linderos a la planta serán francamente insoportables superando la incomodidad la normal tolerancia que exige el art. 2618 C.C., ...
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El término de prescripción de las acciones que persiguen el resarcimiento de daños y perjuicios comienza a correr por lo común a partir de la fecha del evento dañoso, porque lo normal es que el perjuicio sea consecuencia del hecho, y por ello el damnificado está en condiciones desde entonces de demandar la reparación pertinente.
Quien reclama lucro cesante debe traer al pleito los elementos co...
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La demanda entablada contra la obligada por boleto a escriturar (apoderada de los titulares dominiales) no puede ser rechazada, ni aun frente a la hipótesis de imposibilidad de los titulares registrales de disponer del inmueble, ya que ello no es impedimento, en principio, para que se la condene a realizar el acto prometido; sin perjuicio de su responsabilidad por los daños e intereses que se ori...
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La apoderada asumió la obligación de transferir el dominio del inmueble al comprador, y el hecho de no ser la propietaria registral no invalida el negocio ni significa que se encuentre legalmente imposibilitada de cumplirlo, ya que puede obtener la conformidad del verdadero titular.
Respecto de las costas, surge de la testimonial rendida que la demandada no concurrió a la citación cursada por ...
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La obligación de escriturar es recíproca de ambos contratantes, debiendo cumplirse de acuerdo con los dictados de la buena fe, la lealtad y la probidad, principios jurídicos que deben presidir la ejecución de los negocios, con mayor razón tratándose de contratos bilaterales y sinalagmáticos, en que cada una de las partes debe colaborar para que se cumplan los fines verosí-milmente previstos al cel...
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpretando distintas disposiciones constitucionales según su redacción anterior a la reforma sancionada en 1994, tras recordar su orientación jurisprudencial respecto de las decisiones dictadas en la esfera provincial en los llamados juicios políticos o de enjuiciamiento de magistrados, consideró aplicables análogos criterios cuando se cuestionase un e...
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La revisión ejercida a través del recurso extraordinario del art. 14 de la ley 48 no constituye una potestad jurisdiccional que autorice a sustituir el criterio del Senado por el de esta Corte en cuanto a lo sustancial del enjuicia-miento. Así como la Constitución, según su anterior redacción, deposita en las manos del Senado la valoración de la conducta del magistrado (arts. 51, 52 y concs.) pon...
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El art. 5º de la ley 20.957 autoriza al Poder Ejecutivo para designar excepcionalmente embajadores extraor-dinarios y plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes, nombramiento que se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del presidente de la Nación que lo haya efectuado. Estos funcionarios integran el Servici...
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La inmunidad de jurisdicción está consagrada expresamente «no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de representantes de los estados» (párrafo 4 del Preámbulo). De allí que sólo el Estado acreditante puede renunciar a la inmunidad de sus agentes (art. 32.l), en concordanci...
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El art. 43 C.N. ha producido cambios importantísimos en la acción de amparo, tanto que hoy no resultan exigibles algunos de los recaudos de admisibilidad contenidos en leyes de jerarquía inferior. Esas normas han perdido vigencia, sea porque se consideren tácitamente dero-gadas, sea simplemente por resultar inconstitucionales. (Del voto de la mayo-ría, Dres. Alvarez de Varas, Rampini)
El ejer...
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