Daños y perjuicios

Normal tolerancia / Cuestión de hecho / Prueba /

La determinación de cuándo se ha rebasado la normal tolerancia es una cuestión de hecho librada exclusivamente a la apreciación judicial en cada caso concreto. No es menester la prueba pericial u otra de igual entidad para asegurar que las condiciones ambientales de los linderos a la planta serán francamente insoportables superando la incomodidad la normal tolerancia que exige el art. 2618 C.C., ...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Brasca, Ana María y otra c/ Municipalidad de Córdoba

Revista Nro: 58
Nro Página: 212

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase