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12 Nov 1998

Registro de la propiedad

Recurso judicial en contra del Registro de la Propiedad (de Pablo Daniel Ahumada Registro de la propiedad
Adquirente de buena fe / Responsabilidad del Estado / Embargo registrado con poste-rioridad a la expedición del certificado: ino-ponibilidad al adquirente /
Tribubal: Cámara 7ª C.y C.

Nuestro sistema jurídico protege al adquirente de buena fe y hace responsable al Estado frente al embargante, en los casos de inexactitud u omisión en los certificados registrales. Otorgar preferencia al embargante sobre el adquirente de buena fe, cuando el embargo no estaba asentado, significaría una solución errónea desde el punto de vista de la interpretación de los textos vigentes, y además d...

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12 Nov 1998

Registro de la propiedad

Recurso judicial en contra del Registro de la Propiedad (de Pablo Daniel Ahumada)», Registro de la propiedad
Certificado registral: finalidad / Registración posterior /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C

El certificado registral verifica la situación jurídica de los inmuebles, logrando de esta forma que los interesados otorguen el acto en la seguridad de conocer la situación registral, que se mantendrá sin modificaciones respecto de lo informado en la certificación. La registración posterior a la expedición del certificado jamás pudo resultar oponible al adquirente que celebró el acto jurídico te...

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01 Sep 1998

Amparo

Abrile, Claudio G. (Mirar S.R.L.) c/ I.N.S.S.J.P. Amparo
P.A.M.I / Organo público no estatal. / Delegación de funciones publicas esenciales /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

Resulta indiscutible que el Estado ha delegado en el PAMI funciones públicas esenciales e inherentes a su finalidad, cual es la de garantizar la salud de sus beneficiarios. Es innegable que el Instituto maneja fondos públicos estatales en el Presupuesto General de la Administración Nacional. Por ende, que se lo denomine «órgano público no estatal», no lo excluye ni exceptúa del cumplimiento de fun...

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01 Sep 1998

Amparo

Abrile, Claudio G. (Mirar S.R.L.) c/ I.N.S.S.J.P. Amparo
Ley de contabilidad / Control externo /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

De la normativa vigente cabe concluir que en modo alguno se excluye al Ministerio de Salud y Acción Social para el desempeño de sus funciones (incluidas las de contralor sobre el I.N.S.S.J.P.) del sometimiento a la ley de contabilidad, y formando parte de esta unidad cabe recordar la existencia y vigencia de la ley 24.156 que establece los sistemas de control del sector público nacional, sin excep...

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01 Sep 1998

Amparo

Abrile, Claudio G. (Mirar S.R.L.) c/ I.N.S.S.J.P. Amparo
Contratación directa: nulidad / Ley de procedimiento administrativo: aplicación / Requisitos /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

No se analizó en la sentencia de primera instancia el control externo al que se encuentra sometido el Instituto, que no obstante ello, suscribió en forma directa bajo el pretexto de urgencia y demora burocrática la Resolución Nº 005/1/97, que establece un procedimiento de excepción para sustraerse a la licitación pública. Corresponde aplicar la sanción dispuesta en el art. 11 del decr. Nº 826/88 ...

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29 Jul 1998

Quiebra

Incidente de revisión (art. 38 L.C.) de la D.N.R.P. en autos: BIMAR S.A Quiebra
Incidente de revisión / Desgaste jurisdiccional innecesario / Costas: carga /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

Habiendo concurrido tanto el incidentista cuanto el síndico y el tribunal inferior, con sus respectivas conductas, a producir un desgaste jurisdiccional innecesario, no resulta equitativo que las costas sean soportadas por uno solo de ellos, en el caso, el incidentista....

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27 Jul 1998

Administración pública

Bossio, Eva Susana y otros c/ Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita Administración pública
Acto administrativo / Control de discrecionalidad /
Tribubal: Cámara 2ª Cont. Adm.

En general, se confunde el control de la discrecionalidad con la finalización de su ejercicio. El núcleo intrínseco de la discrecionalidad debe ser respetado por el juez siempre que su ropaje externo sea correcto. No hay control de discrecionalidad strictu sensu. Lo que en verdad se controla o se debe controlar, es su ejercicio, el procedimiento de conformación de la discrecionalidad, su inserción...

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27 Jul 1998

Administración pública

Bossio, Eva Susana y otros c/ Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita Administración pública
Revisión judicial: límites / Planes urbanísticos: valoración /
Tribubal: Cámara 2ª Cont. Adm.

La potestad del Poder Judicial de revisar los actos administrativos sólo comprende, como principio, el control de su legitimidad, que no excluye la ponderación del prudente y razonable ejercicio de las facultades de las que se hallan investidos los funcionarios, pero no el de oportunidad, mérito o conveniente de las medidas por éstos adoptadas. La jurisprudencia ha expresado, reiteradamente, qu...

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23 Jul 1998

Derecho previsional

Arias, Juan Carlos c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba - Plena jurisdicción Derecho previsional
Beneficios: carácter / Jubilación / Derecho al beneficio / Imprescriptibilidad /
Tribubal: Juzgado C.C. de Flia. y Conc. de Villa Carlos Paz

El art. 14 nuevo C.N. atribuye carácter de irrenunciable a los beneficios de la seguridad social, lo que debe entenderse que comprende los derechos que aseguran aquéllos, pero no en el sentido de que conceda un derecho sine die al cobro de sumas derivadas de ellos, cuando el pago de éstas no sea reclamado dentro de los plazos de prescripción que la legislación contemple -arts. 40 ley 5846 y 48 de ...

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22 Jun 1998

Recurso de apelación

Marzari, Guillermo Eduardo c/ Río Cable T.V. S.A. Recurso de apelación
Facultades del tribunal de alzada / Agravios /
Tribubal: Cámara 2ª C.C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

En la alzada la función del tribunal de apelación es la de revisar la justicia o no del fallo recurrido, sobre la base de los concretos y razonados agravios vertidos en su contra, y no el proceso de primera instancia, como renovación plena del debate. Los agravios no son tales cuando no pasan de ser más que reiteraciones de las argumentaciones vertidas en la instancia anterior....

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