El daño moral derivado del incumplimiento contractual es un supuesto que no engasta en los casos en que la jurisprudencia lo reconoce como acreditado in re ipsa, por tratarse de un perjuicio espiritual que requiere, por parte de quien lo reclama, la prueba de la existencia y de la causalidad del daño, ya que no surge como derivación lógica e ineludible de aquella infracción. No se indemniza la sim...
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Independientemente de la suficiencia o procedencia de las razones que invoque el recurrente para que la cámara se expida sobre el punto que se somete a su consideración, basta con que exista una crítica suficiente que ponga de manifiesto la injusticia de la resolución, ante lo cual la segunda instancia puede tratar nuevamente el punto....
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Con respecto a la apelabilidad del decreto que fija el monto en concepto de anticipo de gastos existen doctrinas encontradas. Hay quienes estiman que, dada la relación existente entre la cuestión y el despacho y diligenciamiento de medidas probatorias, rige la inapelabilidad del art. 198 C.P.C.C. No obstante, esta regla sobre la recurribilidad parcial o total tiene su excepción: es inaplicable cua...
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Si el decisorio en crisis recibió la petición de declaración de inconstitucionalidad del art. 98, inc. b) del Código Tributario provincial e hizo lugar a la defensa de prescripción interpuestas por la demandada, es claro que el carácter de vencida en estas actuaciones a la luz de lo dispuesto por el art. 130 C.P.C.C. recae sobre la parte actora.
La buena fe que pudo tener la demandante para li...
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Tratándose de dos vehículos en movimiento, que son intrínsecamente riesgosos, son plenamente aplicables en la especie las disposiciones del art. 1113 C.C., segundo supuesto, segunda parte: concurriendo los riesgos recíprocos, la responsabilidad objetiva se mantiene y el dueño o guardián para eximirse de responsabilidad total o parcial en el evento frente al actor, debe demostrar la culpa de éste o...
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Es imprescindible resaltar que el ofrecimiento de prueba reclama la absolución de posiciones del «representante legal» de la demandada y no del apoderado para el juicio. Ello es de importancia si se repara en que el propio ordenamiento ritual exige poner en conocimiento de la persona jurídica la fijación de la audiencia para otorgarle derecho a que formule oposición a que absuelva posiciones el re...
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Si el apoderado de la demandada fue instituido con facultades expresas para «poner y absolver posiciones», basta la citación efectuada al domicilio constituido y su injustificada inasistencia a la audiencia constituye consentimiento a su celebración, por lo que la nulidad impetrada es inadmisible (art. 78, inc. 4 C.P.C.C.). Ningún perjuicio atendible puede esgrimir la demandada desde que se citó a...
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No existe óbice legal para que las partes establezcan alquileres escalonados en sus contratos de locación de inmuebles en la medida que tal proceder no oculte fórmulas indexatorias.
No existe inconveniente legal alguno para que en un contrato de locación de inmueble las partes pacten alquileres escalonados, variables durante el curso del contrato, no obstante lo dispuesto por la resolución 144/...
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La caducidad del beneficio de litigar sin gastos impuesta por la Ley Tributaria cuando no se instare su curso por el término de seis meses no debe confundirse con la perención de instancia regulada en nuestro código ritual. Si bien ambas exigen el transcurso de un lapso de seis meses sin impulso procesal en el beneficio de litigar sin gastos, la primera se encuentra animada por un interés fiscal, ...
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El beneficio de litigar sin gastos procura la exención de todas las gabelas a las que alude el art. 140 C.P.C.C., pero no porque se hayan acumulado diversas acciones sino porque una misma petición, fundada en la impotencia patrimonial del solicitante, apareja la liberación de varias cargas judiciales. Empero se trata de una sola pretensión, no de varias.
La aspiración del acceso a la justicia ...
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