La facultad de los jueces de morigerar los intereses se agota en la eliminación del exceso, en la corrección del contrato sólo en lo que éste tiene de violatorio de la moral y las buenas costumbres. Una vez suprimido el exceso, no pueden los magistrados regular libre y voluntariamente las tasas, o establecerlas según lo que ellos consideren más adecuado pa...
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Si sólo se han acreditado las liquidaciones de pagos del inquilino realizadas a la locadora por su propio agente inmobiliario, en las que se consigna que se trata de pagos recibidos ?a cuenta?, esta manifestación emanada de un mandatario de la actora no está dirigida al deudor sino al propio acreedor, que es la actora, por lo que de dicha manifestación no puede deducirse que allí está contenida la...
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En el contrato de mutuo que garantiza la prenda en ejecución se convino el pago de los intereses por el sistema francés, de manera tal que en el monto de las treinta y seis cuotas pactadas, está incluido el interés por el total del préstamo, a cuyo pago se va imputando un porcentual de cada cuota que disminuye progresivamente en las subsiguientes. La demandada ha...
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Al establecer un tope a la tasa de interés fundado en razones éticas, el sentenciante ha cumplido con la función natural del órgano jurisdiccional de hacer cumplir el derecho, que sin lugar a dudas está conformado no sólo por las normas positivas, sino también por los principios ético-jurídicos de los que ellas se nutren. Las disposici...
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La regla en materia de responsabilidad resarcitoria es que los intereses moratorios, que se encuentran destinados a indemnizar el daño producido por el cumplimiento tardío de la prestación indemnizatoria se deban a partir del hecho dañoso, pues la obligación de resarcir es inmediatamente exigible a partir de ese momento. Esto es así en razón de que ...
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Cuando se considera un supuesto de responsabilidad ex delicto, la obligación de indemnizar los daños y perjuicios nace desde el hecho ilícito, por lo cual los intereses son siempre moratorios y no compensatorios...
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En lo concerniente a la tasa aplicable para el cómputo del interés moratorio de los rubros mandados a pagar hasta el dictado de la sentencia, aparece justo tomar la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. y agregar un plus que contemple la retribución por mora del deudor, que satisfaga adecuadamente su finalidad reparatoria, pero que tenga como límite la tasa activ...
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Resulta jurídicamente distinta la situación del deudor antes y después del fallo de la última instancia ordinaria, lo cual amerita que no se mantenga una tasa de interés idéntica en ambos supuestos. Por ello, la tasa aplicable para el cómputo del interés para el caso de incumplimiento de la sentencia en término, debe ser la tasa pasiva...
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La aplicación de la tasa de interés diferenciada, en la etapa de los recursos extraordinarios, no es procedente en los supuestos de impugnaciones deducidas por el actor civil; tampoco rige cuando el recurso deducido por el demandado o citada en garantía tenga acogimiento total o parcial, o sus agravios relativos a los intereses fijados no se refieran exclusivamente a los aplic...
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No puede prosperar el cuestionamiento que hace la accionante, fundado en que la parte demandada no ha invocado ni probado que la tasa pactada sea excesiva, porque lo que ha hecho la sentenciante es cumplir con la función natural del órgano jurisdiccional de hacer cumplir el derecho, que está conformado no sólo por las normas positivas, sino también por los princi...
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