El principio de «autonomía de la voluntad» que rige en materia contractual, es una regla que debe flexibilizarse ante el caso concreto en que las partes no se han autorregulado ni autodeterminado los derechos y obligaciones, sino que una de ellas ha adherido absolutamente a la intención preimpresa e inamovible de la otra parte; lo contrario podría dar lugar a la situación prevista en el art. 954 C...
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Se ha sostenido reiteradamente que en los contratos de adhesión se encuentran frecuentemente grandes desequilibrios entre las partes, y que la doctrina prevaleciente ha denominado como «cláusulas vejatorias» por ser especialmente peligrosas para mantener el equilibrio en los contratos. Entre las más comunes se pueden mencionar: a) cláusulas de limitación o exoneración de responsabilidad; b) de pró...
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No basta la invocación de la ley 24.283 o su inobservancia para abrir el incidente del régimen procesal de desindexación que ésta establece. Quien hace el reclamo debe efectuarlo en una presentación donde sea lo suficientemente verosímil el derecho que dice tener en la invocación. La acreditación lo es conforme la mayor amplitud de medios que demuestren que la cifra ordenada o reclamada, en efe...
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El interés moratorio lo fija el juez a partir del momento en que la sentencia queda firme, porque es desde allí que la incapacidad detectada se constituye en fuente de daño futuro, en relación a dicho pronunciamiento y no con relación al hecho dañoso. Mal puede interpretarse que ese interés moratorio ingresa a la fórmula antes de la sentencia, ya que de un perjuicio que no existe todavía no puede...
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. El dispositivo del art. 45 de la ley 7233 -Estatuto del Personal de la Administración Pública- constituye un régimen de excepción y como tal, su aplicación debe ser restrictiva. Ello es así por cuanto está previsto en el Estatuto, y dirigido a un grupo de empleados de la Administración, siendo el precepto que consagra la igualdad de los que están en iguales circunstancias.
El decr. 4556/85, en ...
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La norma de disposición de aplicación supletoria -decr. 4556/85- indica claramente que, ante la inexistencia de una norma que impida sustentar una resolución, deberá acudirse a la ley 7233. En consecuencia, la recurrencia a esta ley sólo es para aquellos casos en que, ante la necesidad de dar sustento a una resolución, el vacío del estatuto propio deba ser integrado con disposiciones de aquélla.
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Es doctrina y jurisprudencia inconcusa que en la hipótesis de accidente donde estén en contacto peatón y automotor, es de aplicación el art. 1113 C.C., párrafo segundo, parte segunda, habida cuenta que se trata de daños provocados por el riesgo propio del automóvil en movimiento, cuya calidad de cosa riesgosa es incuestionable.
Los datos aportados por los peritos, a pesar de tener el efecto de ...
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La prueba de la propiedad inmueble se efectúa de conformidad al art. 1184 inc. 1º C. C., con la escritura pública y la inscripción registral, las que gozan de la presunción de autenticidad que emerge de lo normado por el art. 993 C.C..
La presunción del reivindicante que presenta título de propiedad anterior a la posesión del demandado era poseedor del fundo que se reivindica, es iuris tantum, q...
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El daño moral es un daño in re ipsa que se prueba por los hechos mismos, recayendo sobre el responsable la prueba que lo excluya o disminuya, que ninguna relación precisa con respecto al daño material, pues puede el daño patrimonial ser cuantioso y no existir daño moral, o inversamente, un grave daño moral y escaso daño patrimonial, y ninguna pauta de jurisprudencia ha mencionado el quejoso a los...
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El art. 38 de la ley del cheque establece que la constancia del rechazo que le otorga ejecutividad al cheque, pues equivale al protesto, deberá ser suscripto por persona autorizada. Recién queda expedita la vía ejecutiva que el tenedor podrá iniciar contra el librador, endosantes y avalistas. En tal sentido, la jurisprudencia es nutrida. Tal constancia que abre la vía ejecutiva debe estar fundada ...
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