Por el principio de indivisibilidad de la instancia consagrado en el art. 348 C.P.C.C., no sólo debe declararse la perención de la apelación interpuesta por la accionada, sino también la perención de la apelación interpuesta por la actora, es decir, de toda la instancia recursiva. Ello así porque en virtud de la norma citada, la caducidad de la inst...
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El plazo para ofrecer y diligenciar prueba es fatal (art. 49 inc. 4 C.P.C.C.) por lo que el tribunal no puede, pese a no haber mediado resolución formal declarando su clausura, admitir la recepción de prueba una vez vencido dicho plazo, salvo que aquella haya sido diligentemente instada (art. 212 C.P.C.C.).\nEs posible el diligenciamiento de pruebas fuera del término, en los c...
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La regla en materia de responsabilidad resarcitoria es que los intereses moratorios, que se encuentran destinados a indemnizar el daño producido por el cumplimiento tardío de la prestación indemnizatoria se deban a partir del hecho dañoso, pues la obligación de resarcir es inmediatamente exigible a partir de ese momento. Esto es así en razón de que ...
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Si la locadora -invocando motivos infundados y antojadizos- se negó a recibir el inmueble que la locataria ofreció restituir, y luego de esa negativa inició demanda de desalojo por vencimiento de término, la actitud de la locadora es contradictoria y el pleito innecesario. En tal caso la demanda debió ser rechazada. Empero, estimada la sentencia en primera instan...
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Si la locadora -invocando motivos infundados y antojadizos- se negó a recibir el inmueble que la locataria ofreció restituir, y luego de esa negativa inició demanda de desalojo por vencimiento de término, la actitud de la locadora es contradictoria y el pleito innecesario. En tal caso la demanda debió ser rechazada. Empero, estimada la sentencia en primera instan...
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\r\n 1. El caso. 2. El jardín de los senderos que se bifurcan. 3. La interpretación geométrica del derecho....
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