La naturaleza del seguro colectivo es estar en función de terceros, por lo que sería injusto que éstos quedaran atrapados por cláusulas abusivas, como la que determina la competencia de los tribunales, concertadas solamente entre el tomador y la aseguradora, con olvido y detrimento del propio asegurado que aspira cobrar la indemnización correspondiente.
Es pacífica la jurisprudencia que indica qu...
Ver más
Corresponde conceder el beneficio previsto en el art. 76 bis C.P. solicitado a instancia del imputado en orden a los delitos de administración fraudulenta -art. 173 inc. 7 C.P.-, en concurso ideal con retención indebida -art. 173 inc. 2 C.P.-, por cuanto conforme a la estimación efectuada, resulta procedente la aplicación de una pena en suspenso, aunque el máximo de la escala penal supera los tres...
Ver más
Resulta inconstitucional el art. 10 inc. c ley 24.050, en cuanto establece que la interpretación fijada por el alcance de un fallo plenario de la casación penal deviene obligatorio en su observancia por parte de los restantes tribunales, desde que esa obligatoriedad lesiona la división constitucional de los poderes del Estado y vulnera la libertad e independencia de los jueces.
Todo magistrado,...
Ver más
. Las funciones del director de obra se concretan en dirigir y vigilar la ejecución de los trabajos a fin de que sean realizados conforme a las reglas del arte, las especificaciones generales y técnicas y a las normas sobre policía edilicia. La verificación de los materiales es tarea esencial de la dirección.
Esta obligación se mantiene aun en el caso que el material y la mano de obra sean proveí...
Ver más
Cuando la responsabilidad deriva de la deficiente realización de los trabajos o de la mala calidad de los materiales, el director de la obra es responsable junto con el constructor, porque su obligación, que es de resultado, es verificar que se realice bien la tarea.
Estas conclusiones que resultan de la ley y también del sentido común, no pueden ser desatendidas porque la eximición de responsabi...
Ver más
Al no haberse acreditado que las deficiencias provienen de una causa extraña, cabe considerar a las actoras responsables de los vicios que presenta la obra, sin que quepa presumir que fue recibida de conformidad por el comitente, pues tal hecho no fue invocado por las arquitectas.
No es justa la pretensión de las demandantes de cobrar sus honorarios profesionales, porque si la obra no reúne los r...
Ver más
Las costas en ambas instancias deben ser soportadas en un setenta por ciento por las actoras y en un treinta por ciento por la demandada. Tales porcentajes se establecen en proporción diferente a la que resulta aritméticamente del mero cotejo entre lo demandado y lo obtenido en la sentencia, teniendo en consideración que la accionada ha negado en forma injustificada todo derecho a cobrar honorario...
Ver más
El certificado de prenda es el documento fehaciente de la existencia del crédito prendario, con el privilegio inherente a la naturaleza del contrato, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 22 del decr. ley 12.962/87. Dicho de otro modo, a través de la inscripción registral se opera el perfeccionamiento del contrato, porque es la exteriorización del derecho de garantía prendaria.
El privilegio de...
Ver más
Una vez desaparecida la anotación por caducidad, el contrato queda en igual situación respecto de terceros como si el registro no se hubiere llevado a cabo. Los efectos entre las partes subsisten; cesan únicamente los relativos a los terceros acreedores, frente a los cuales el Banco de la Nación Argentina no podrá exhibir su privilegio en esta ejecución prendaria. Con la caducidad de la prenda sól...
Ver más
El tribunal no puede de oficio modificar la acción de ejecución prendaria, ante la excepción de caducidad de la inscripción opuesta por el demandado y ordenar seguir la ejecución típica, pues ello colocaría al demandado en clara indefensión, ya que en la ejecución prendaria las defensas que puede oponer son más limitadas que en la ejecución típica. La privación de la vía especial prendaria no impl...
Ver más