Municipalidad
Telefónica de Argentina c/ Municipalidad de Chascomús s/ acción meramente declarativa MunicipalidadConstitución Nacional / Competencia derivada / Facultades de la Nación y de las provincias / Servicio público de comunicaciones interestatales. Municipalidad: facultad de imposición tributaria. Tasas a empresas prestatarias del servicio nacional de telefonía /
Tribubal: C.S.J.N.
De acuerdo con la distribución de competencias que emerge de la Constitución Nacional, los poderes de las provincias son originarios e indefinidos y expresos (arts. 121 y art. 75 C.N.). Dentro de este contexto, cabe entender que las prerrogativas de los municipios derivan de las facultades correspondientes a las provincias a las que pertenecen (arts. 5º y 123 C.N.). Los actos de las legislatura...
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