Tribunal de juicio

Competencia. / Causa correccional / Errónea radicación ante la Cámara en lo Criminal /

Si el tribunal de competencia superior adquiere la del inferior, debe ejercerla conforme al procedimiento aplicable para esa competencia adquirida. Así, si se tratase de un delito de acción privada (para cuyo juzgamiento también es competente el juez correccional), en el supuesto que la causa se hubiere radicado erróneamente ante una Cámara en lo Criminal, debería ajustarse al procedimiento especi...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Gutiérrez, Alberto Remigio p.s.a. de homicidio culposo

Revista Nro: 46
Nro Página: 189

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase