Recurso de inconstitucionalidad

Planteo extemporáneo / Planteo de inconstitucionalidad de la ley 8250 /

Es necesario que la cuestión constitucional sea propuesta previamente ante los jueces de la causa y que la decisión de éstos haya sido contraria a la pretensión del recurrente. Sólo sería admisible un cuestionamiento constitucional posterior a la aplicación de la norma, cuando su aplicación surja de manera imprevisible en la causa, al recurrir los jueces a una norma cuya utilización no podía esta...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Cuerpo de ejecución de honorarios del Dr. L. Pereyra Duarte en Cuadernillo de Regulación de Honorarios, Dres. Pereyra Duarte y Maraggi Acuña en Indice S.A. c/ Municipalidad de Bell Ville cobro de pesos

Revista Nro: 46
Nro Página: 270

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase