El art. 17 ley 13.512 prescribe que la obligación que tienen los propietarios de contribuir al pago de las expensas y primas de seguro total del edificio, sigue siempre al dominio de sus respectivos pisos o departamentos y que el crédito respectivo goza del privilegio y derechos previstos en los arts. 3901 y 2686 C.C.\nEl art. 17 ley 13.512, ha equiparado en cuanto a su preferencia, ...
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El que la contestación de la demandada haya sido por demás ligera no exime a la demandante de probar los hechos constitutivos del derecho que invoca, carga ésta de la que no hubiera quedado eximida ni aun ante la ausencia de contestación.\nNo ha sido acreditada la efectiva entrega de la mercadería a la demandada. Su negativa, aun genérica, ponía en ...
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Habiendo sido desconocida por la demandada la firma y el sello que se consignan en una factura, la falta de prueba sobre su autenticidad obsta a su eficacia probatoria, por tratarse de un documento emitido unilateralmente por una de las partes....
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El carácter de no comerciante de la demandada, si no excluyera por completo -por tratarse de una entidad que también debe llevar, por imperativo legal, su contabilidad en libros- al menos relativiza la eficacia probatoria de los libros de comercio de la accionante, máxime cuando no surge de autos que se haya negado a exhibir sus libros, sino más bien que su conducta se ...
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Los términos en que está redactado el texto del art. 68 ley 9086 sugieren que la única sujeción que se impone a la comuna, en el sentido de excluir su absoluta discrecionalidad, no está en la apreciación del juez sino en ?las previsiones presupuestarias? a las cuales la ?forma y plazo? de cumplimiento deben ajustarse. Si esto es así, la inconstitucionalidad resulta palmaria desde que siendo el pre...
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El art. 68 ley 9086 no deja librada al exclusivo arbitrio de la Municipalidad demandada la determinación de la forma y plazo en que procederá a dar cumplimiento a la condena firme, sino que se limita a imponer un requisito previo al embargo de fondos del Tesoro, consistente en el requerimiento de pago, con el correlativo deber del ente estatal de informar dentro del término de treinta (30) días, l...
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El principio de igualdad procesal entre el Estado y sus contrapartes en juicio, que consagra el primer apartado del art. 178 Const. Pcial., admite como única excepción lo relativo al tiempo de cumplir sentencias condenatorias, ya que la propia ley fundamental faculta al Poder Legislativo a determinarlo (art. 179). Esta excepción encuentra su razón de ser en el deber que la misma Constitución impon...
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No existe conflicto negativo de competencia que obligue a esta cámara a pronunciarse acerca de si corresponde intervenir a los tribunales con competencia exclusiva y excluyente en sociedades y concursos o a los tribunales civiles con competencia común.\nEl examen minucioso de las actuaciones demuestra que la juez de 33a Nominación se avocó al conocimiento de la causa si...
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Cabe otorgar razón a los peticionantes en cuanto cuestionan la orden judicial de ocurrir ante Inspección de Sociedades Jurídicas. Es del todo claro que la petición de cancelación de certificados representativos de títulos accionarios de una sociedad debe ser motivo de una decisión jurisdiccional que, como tal, no puede ser diferida a una repartici&o...
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Se ha entendido que el resolutorio produce gravamen irreparable si impide o tiene por extinguido definitivamente el ejercicio de una facultad o de un derecho procesal, impone el cumplimiento de un deber o aplica una sanción sin posibilidad de cuestionamiento ulterior, circunstancias éstas que no concurren en la especie desde que la oferente de la prueba estará habilitada a cue...
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