No hay nulidad por la sola circunstancia de la violación de las formas y solemnidades prescriptas para el procedimiento, si al propio tiempo no deriva de ella un gravamen (pas de nullité sans grief) (arg. art. 76 C.P.C.C.), desde que las nulidades no tienen por finalidad satisfacer pruritos formales, sino enmendar los perjuicios efectivos que pudieran surgir de la desviación de las solemnidades de...
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La existencia de menores hace necesario realizar la partición de manera judicial (art. 3465 inc. 1 C.C.), descartando la posibilidad de acudir a la manifestación y adjudicación de bienes de manera extrajudicial (art. 3462 C.C.). En consecuencia, el inventario, avalúo y ulterior partición se debió formalizar por el perito designado a tal fin (conf. art. 671 C.P.C.C. y ss.), con el debido contralor ...
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Si la participación de la madre del menor en representación de éste luce inconmovible, como lógico corolario también debe mantenerse la intervención necesaria del Ministerio Pupilar quien, en el sistema de la ley, debe participar en toda cuestión judicial o extrajudicial en la que estén en juego la personas o los bienes de los incapaces, bajo...
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La ley acuerda a los terceros la facultad de recurrir. Se trata de los terceros afectados por una resolución o por su ejecución (art. 354 2º párr. C.P.C.C.), quienes están habilitados a recurrir en las mismas condiciones de las partes. Cuando la ley habla de ellos no se refiere a quienes concurrieron voluntariamente al proceso (art. 432 C.P.C.C.) o fueron llamados coact...
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Aunque el art. 559 inc. 2 C.P.C.C. establece que durante la ejecución de sentencia ?serán apelables las resoluciones que la ley declara tales y las que recaigan en los incidentes de nulidad?, según la cual la posibilidad de apelar se circunscribiría a las resoluciones que se dicten en los incidentes de nulidad y en aquéllas que la ley declara tales (v.gr. arts. 5...
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El amparo presupone que el acto u omisión fuente del menoscabo se caracterice por su arbitrariedad o ilegitimidad manifiesta (arts. 43 C.N. y 1° de la ley 4915), de donde la decisión sobre su procedencia supone un juicio de valor en virtud del cual se concluya que la conducta impugnada es contraria a la ley o carente de todo fundamento o razonabilidad, requisito que se vincula con la...
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El recurso de apelación no es procedente porque los impugnantes no han rebatido la razón central de la repulsa, cual es que tienen a su alcance la instancia judicial prevista por los ordenamientos específicos para reclamar el reconocimiento de sus derechos subjetivos conculcados, que además ponen a su alcance los medios para la evitación del perjuicio irreparable...
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Se ha entendido que el resolutorio produce gravamen irreparable si impide o tiene por extinguido definitivamente el ejercicio de una facultad o de un derecho procesal, impone el cumplimiento de un deber o aplica una sanción sin posibilidad de cuestionamiento ulterior, circunstancias éstas que no concurren en la especie desde que la oferente de la prueba estará habilitada a cue...
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El trámite impreso al recurso de reposición por haber considerado el primer juez necesario oír a la otra parte antes de resolverlo, no es susceptible del recurso de reposición y con mayor razón tampoco del recurso de apelación subsidiaria, por ausencia de gravamen irreparable (art. 361 inc. 3 C.P.C.C.), sin perjuicio, claro está, de la viabilidad de...
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La multa por retención indebida de expediente, apunta a conjurar no sólo el perjuicio que acarrea a las partes la falta de disponibilidad de éste y la imposibilidad de lograr un avance procesal, con el pertinente menoscabo anexo a toda dilación procesal, sino el perjuicio adicional que desborda la continencia de la propia litis, y que afecta la sana administración genérica de justicia, en lo cual ...
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