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28 Apr 1999

Amparo por mora

Díaz, Roque del Tránsito s/ Amparo por mora Amparo por mora
Pronto despacho / Rechazo de la pretensión /
Tribubal: Cámara 2ª Cont. Adm.

Transcurrido el plazo establecido legalmente y ante la falta de decisión por parte de la administración, el administrado «puede» requerir «pronto despacho», y si se opera el vencimiento del plazo sin que se haya dictado el acto, queda configurado el rechazo de su pretensión. Esa negativa configura una ficción legal, establecida únicamente a favor del particular, y es su facultad, y no un derecho ...

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30 Dec 1992

Amparo por mora

Cía. de Tierras y Construcciones Sierras de Córdoba S.R.L. c/Provincia de Córdoba Amparo por mora
Recurso de apelación /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

El amparo por mora se traduce en un mandamiento de pronto despacho, por lo que acceder al control de otras instancias jurisdiccionales implicaría no tanto desbaratar la finalidad tuitiva del precepto, cuanto desnaturalizar su mecánica. Por ello, deviene incompatible con la naturaleza y celeridad que el instituto propugna, la admisión de remedios suspensivos de los efectos de la decisión del Tribu...

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02 Apr 1992

Amparo por mora

López Humberto c/Gobierno de la Provincia de Córdoba Amparo por mora
Imposición de costas a la demandada / Cuestión abstracta /
Tribubal: Cámara 2ª Cont. Adm.

1. Tomando en cuenta que el remedio constitucional del amparo por mora tiene por objeto conmover la inercia de la administración pública y obtener un pronunciamiento expreso de la autoridad administrativa, ante el requerimiento de un particular que ha ejercido su derecho constitucional de peticionar ante las autoridades, si tal extremo se ha cumplido, se ha satisfecho de ese modo la necesidad del ...

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12 May 1988

Amparo por mora

Aglietto, María Teresa c/ Provincia de Córdoba Amparo por mora
Art. 52 de la nueva Constitución de la Provincia de Córdoba /
Tribubal: Cámara 4ª C. y C

1. El administrado, a partir de la nueva Constitución Provincial, cuenta con dos remedios. El primero consiste en obtener la denegación tácita, mediante la interposición del pronto despacho establecido en el art. 70 de la ley 6658, texto ordenado por la ley 7204, con el objeto de agotar la vía administrativa y dejar abierta la vía judicial. Y por el segundo instituido por el art. 52 de la Constitu...

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