La acción de reintegro se origina porque la afiliada se ha hecho procurar la prestación que entendía debía asumir su obra social por un tercero. Las obligaciones de hacer son uno de los campos más propicios en los que se reconoce esta facultad (art. 630 C.C. y art. 777, inc. b., C.C. y C.). Frente a la mora del deudor permite al acreedor hacer cumplir coactivamente la prestación por un tercero a c...
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El derecho a la salud reproductiva no puede ser ejercido de manera absoluta sino que debe ser compatibilizado con el derecho del universo de los afiliados a la AProSS, teniendo en cuenta que el sistema en el que está inmersa la obra social se basa en la distribución solidaria y equitativa de recursos escasos.
En el presente no se encuentra en riesgo cierto la vida de las personas, por lo que se...
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1. Introducción. 2. El hospital público. 3. Las obras sociales. 4. La medicina prepaga. 5. Las entidades mutualistas. 6. Los servicisos mutualistas de salud en nuestra jurisprudencia. 7 Conclusión...
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No obstante no encontrarse reglada la posibilidad de habilitar su competencia por la vía del per saltum, tanto el Tribunal Superior de Justicia como la Corte Suprema de Justicia de la Nación se han pronunciado sobre la factibilidad del denominado ?salto de instancia? para situaciones de carácter excepcional.\nEl compromiso superior de todos los poderes del Estado de garantizar...
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Resulta procedente el reclamo de reintegro de gastos cuando obedece claramente a la urgencia médica sufrida por el actor, en los términos de la resolución 2122/81, normativa sobre reintegros del Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, que establece que los beneficiarios podrán solicitar el reintegro de gastos, entre otras causales, cuando los gasto...
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No constituye «un apartamiento voluntario del sistema» la actitud del actor, ya que su verdadero estado de salud revestía la entidad suficiente como para dar sustento y justificar su preocupación y consiguiente consulta particular realizada por aquél, en una institución no adherida a su sistema de cobertura social.\nNo cabe suponer que el actor, en medio de la precaried...
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El hecho de contar con antecedentes de accidente cerebro vascular y el consiguiente riesgo permanente de vida es relevante a la hora de analizar el estado de salud de una persona, máxime teniendo en cuenta el factor de la edad -70 años- con lo cual se entiende que la situación protagonizada por el accionante revestía el carácter de «urgencia médica» en el ...
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Conforme lo dispone el art. 2º de la ley 24.901, las obras sociales tienen a cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley -preventivas, de rehabilitación, terapéuticas educativas, educativas y asisten-ciales- que necesiten las personas afiliadas con discapacidad.
La obra social es la única obligada frente al beneficiario y es también la que...
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La presunción de legitimidad de que gozan por principio los actos administrativos no pueden sin más extenderse indefectiblemente a los decretos de necesidad y urgencia, toda vez que su validez deberá ser meditada en un marco mucho más exigente, ya que a través de aquéllos el Poder Ejecutivo asume funciones legislativas propias del Congreso de la Nación. Más aún si como el caso que nos ocupa están ...
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