Si el cuentacorrentista solicitó el cierre de la cuenta corriente, el banco cumple con la normativa vigente si solicitó a su cliente la denuncia de chequeras y formularios no utilizados. Si el cliente no denunció la existencia de algún cheque en su poder, no es factible atribuir responsabilidad al banco por falseamiento.
Aunque la entidad bancaria consigne una causal de rechazo del pago de los ...
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Para que opere la protección legal del “consumidor financiero o bancario” es imprescindible que exista relación de consumo.
El portador de cheques cuyo pago fuera rechazo por la entidad bancaria, no es “consumidor expuesto a una relación de consumo” porque no configura ninguno de los supuestos doctrinariamente previstos en relación con la exposición a prácticas comerciales abusivas o circunsta...
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En el marco de una acción declarativa contra una entidad bancaria por la ejecución de cheques librados una vez cerrada la cuenta corriente, el plazo de prescripción debe contarse desde que quedó expedita la acción en contra del banco.
Si no existe prueba específica del día concreto en el que el actor se enteró del hecho en que funda la acción en contra del banco, debe tomarse como fecha inicial...
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La norma aplicable a la cuenta corriente bancaria es el art. 790 C.Com., y en consecuencia el plazo de prescripción es quinquenal, ya que si bien no existe una previsión expresa en el articulado de la cuenta corriente bancaria acerca del plazo de prescripción, no es posible sostener que no se pueden aplicar a ella las normas de la cuenta corriente mercantil.
La cuenta corriente bancaria constit...
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Luce razonable y verosímil la postura del banco demandado y de la aseguradora citada en garantía, en cuanto a que los débitos existentes en el resumen de cuenta corriente se corresponden con el seguro colectivo de vida de deudores que el primero tiene contratado con la segunda conforme póliza que acompaña, de cuyos términos se desprende que el Banco de Córdoba se constituye en tomador y beneficiar...
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En una acción de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de una convención -relativa a un seguro- hecha en el marco de un contrato de cuenta corriente bancaria, el término de prescripción aplicable no es el de la ley de seguros sino el del art. 846 C.Com.....
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El hecho de haber efectuado el banco débitos en concepto de un "seguro obligatorio" sin que conste que puso en conocimiento de sus clientes los alcances de la cobertura, resulta suficiente para haber podido generar en éstos una idea equivocada sobre el punto, que razonablemente pudo haberles creado la convicción de que tenían derecho a litigar. En consecuencia, las cost...
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Constituye una hipoteca abierta aquella que garantiza un crédito cuyo quantum no se halla determinado con exactitud desde su origen, por lo que requiere de un documento posterior complementario que liquide el crédito. En el caso, el documento base está representado por la certificación de saldo deudor en cuenta corriente bancaria, la que per se tiene el carácter ...
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El certificado de saldo deudor de cuenta corriente bancaria requiere para ser válido como título ejecutivo, que reúna las exigencias que prevé el párrafo tercero del art. 793 C.Com. (párrafo incorporado por art. 2º decr. ley 15.354/1946), es decir, que sea otorgado con la firma conjunta del gerente y contador del banco. \nEl art. 793 C.Com. regula en sus d...
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Resulta erróneo el criterio interpretativo que sostiene que los dos primeros párrafos del art. 793 C.Com. son complementarios del tercer inciso de este dispositivo, pues ello equivale a afirmar que el carácter ejecutivo del título dependería de un trámite previo que requiera la conformidad del deudor. En tal caso la fuerza ejecutiva del título neces...
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