Cuenta corriente bancaria

Relación de consumo / Inexistencia /

Para que opere la protección legal del “consumidor financiero o bancario” es imprescindible que exista relación de consumo. El portador de cheques cuyo pago fuera rechazo por la entidad bancaria, no es “consumidor expuesto a una relación de consumo” porque no configura ninguno de los supuestos doctrinariamente previstos en relación con la exposición a prácticas comerciales abusivas o circunsta...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Cámara 5ª C. y C.,

Revista Nro: 196
Nro Página: 285

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