El recurso extraordinario federal es por su fin y naturaleza, un remedio excepcional, cuya aplicación debe hacerse tratando de no desnaturalizar su función, so riesgo de convertirlo en una nueva instancia ordinaria de todos los pleitos que se tramitan ante los tribunales del país (Fallos 245:327; 247:713)....
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. La Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de sentencias arbitrarias, no tiene por objeto la corrección en tercera instancia de decisiones que a criterio de los impugnantes se estimen equivocadas, sino que, por el contrario, está dirigida a la revisión de los pronunciamientos en los que se advierta la inexistencia de las calidades mínimas para que el acto impugnado constituya una sent...
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Los requisitos propios de la impugnación federal, condicionantes del ejercicio de la competencia extraordinaria de la Corte, deben observarse, aun en los casos en que el recurrente procure descalificar el decisorio con fundamento en la pretoriana causal de «arbitrariedad» o «gravedad institucional».
Resulta improcedente el remedio federal, si los argumentos desarrollados en el decisorio que se i...
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Un mero error material en la cita de una disposición legal no puede constituír un supuesto de «gravedad institucional». Esta requiere que el litigio se desarrolle en un clima de conmoción de la sociedad o de sectores relevantes que afecta a las instituciones federales, de modo tal que justifica la intervención de la Corte Suprema (Fallos: 257, p. 132; 260, p. 114), aspectos que en modo alguno proc...
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I. Introducción. II. El recurso extraordinario federal. Inconstitucionalidad de normas e inconstitucionalidad de fallos. III. El pre-recurso extraordinario federal. IV. El pre-recurso en la inconstitucionalidad normativa y en la arbitrariedad de sentencia. V. Reservas. VI. Conclusión...
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1. Breve racconto histórico de la acción ejecutiva. 2. Naturaleza del proceso ejecutivo nacional. 3. Consecuencias procesales del marco cognoscitivo limitado, pero no suprimido. 4. El proceso ejecutivo y su acceso a la instancia extraordinaria. 5. El respeto del debido proceso en la vía ejecutiva....
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