Al momento de ejercer sus facultades disciplinarias, la administración debe garantizar la real y efectiva proporcionalidad entre la sanción que se aplica y los fines que persigue la ley, requisitos que no se observan cumplimentados en la cesantía cuestionada. De las constancias de la causa se derivan elementos que no recibieron una exhaustiva y acabada consideración de la administración, circunsta...
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La potestad de imponer sanciones deviene implícita de la función jurisdiccional y de las facultades propias del magistrado como director del proceso, a quien corresponde el deber de impulso del proceso en aras a lograr la rápida y adecuada conclusión de la quiebra (art. 274 L.C.Q.), aunque, claro está, debe ser ejercitada conforme a parámetros de razonabilidad en los que debe encontrarse subsumida...
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I.Planteo del tema. I. Facultades no delegadas por las provincias a la Nación. Poder de policía. Poder disciplinario. II. Análisis de las leyes 5805 y 8465. ¿Superposición de facultades? Principio non bis in idem. III. Aplicación a petición de parte. Aplicación de oficio. IV. Plazo para su petición. Oportunidad. V. Imposición inaudita parte. Principio de bilateralidad. VI. Oportunidad de aplicació...
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En materia de ejecución de penas, el control por vía del recurso de casación se encuentra limitado a resoluciones que pongan fin a la pena, o hagan imposible que continúen, o que denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena (art. 469). Son recurribles también en casación, las sanciones disciplinarias cuando éstas implican el agravamiento de las condiciones de cumplimiento de la pena...
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\r\n Cuando la sanción disciplinaria al acusado fue resuelta mientras se lleva a cabo la investigación penal preparatoria, le corresponde al juez de control revisarla judicialmente. \r\nEn lo que respecta a los recaudos que debe cumplimentar la revisión judicial de una sanción disciplinaria dispuesta a un procesado, es de aplicación el estándar fijado por esta Sala Penal al momento de expedir...
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El recurrente ha cumplido en forma parcial los recaudos establecidos en el art. 402, inc. 2 C.P.C.C., ya que las copias de las piezas procesales pertinentes se hallan suscriptas por aquél pero no juramentadas, no bastando a tal efecto, su sola manifestación en tal sentido. No obstante ello y considerando que las formas a que deben ajustarse los procesos han de ser sopesadas en relación al fin últi...
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El instituto de la prescripción de la acción disciplinaria que debe ser tenido en cuenta en todo procedimiento sancionatorio, consiste en el no ejercicio por parte de la Administración de la potestad sancionatoria que le compete, durante el transcurso del tiempo legalmente determinado, al término del cual, se extingue dicha prerrogativa estatal. Su finalidad se orienta hacia la tutela de la seguri...
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El hecho que produce la configuración de la falta administrativa no es cuando el deudor cumplió parcialmente su obligación de pago o restitución del dinero, sino el momento en el cual, existiendo la obligación de devolver o restituir dinero, el acreedor reclama la inmediata devolución o entrega -sea la suma total o un saldo parcial- y aquél no lo hace, actuando negligentemente o mediando respuesta...
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Las sanciones administrativas se instituyen como de jurisdicción local porque castigan antijuridicidades que se refieren a bienes jurídicos de contenido distinto al que custodian las figuras del Código Penal o las faltas de índole contravencional. Esto impone reconocer que son siempre los contenidos de los bienes jurídicos amparados los que establecen las diferencias entre las figuras delictivas d...
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Como principio general, la sanción disciplinaria puede aplicarse en cualquier momento sin esperar la decisión penal o en su caso contravencional, cuando hubieren suficientes elementos de juicio para la determinación de la responsabilidad disciplinaria, salvo que por la identidad de los hechos denunciados a fin de determinar cada una de las responsabilidades, resulte conveniente aguardar la resoluc...
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