El objeto de la acción de amparo es hacer cesar los efectos lesivos de la conducta que se reputa manifiestamente arbitraria o ilegal, y en el caso de daño invocado no se produjo de manera instantánea sino que persiste en el tiempo, es actual y por ende viabiliza el pronunciamiento sobre la procedencia formal y sustancial de aquella....
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Cuando sólo se invoca la violación de una norma antes no mencionada, es decir que no implica variación del sustracto fáctico sometido a consideración del juzgador de primera instancia, ni de la acción deducida, el planteo no se encuentra alcanzado por la prohibición del primer párrafo del art. 332 C.P.C.C.....
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Los derechos se ejercen y gozan conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, sin que los desnaturalice o altere sustancialmente, por lo que si no se llega a ese extremo, la limitación es razonable y por lo tanto no será ilegítima. La arbitrariedad y la irrazonabilidad son las dos caras de una misma moneda. La razonabilidad de la conducta o norma debe entenderse como «la ...
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Cuando sólo se invoca la violación de una norma antes no mencionada, es decir que no implica variación del sustracto fáctico sometido a consideración del juzgador de primera instancia, ni de la acción deducida, el planteo no se encuentra alcanzado por la prohibición del primer párrafo del art. 332 C.P.C.C.....
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El art. 58 Const. Pcial. y de su ley reglamentaria 8067 resultan inconstitucionales ya que sustraen de la acción de los acreedores un bien que integra el patrimonio del deudor y que debe responder por su obligaciones. Asimismo incursionan en un materia reservada al Congreso de la Nación, ya que las excepciones a dicho principio sólo pueden disponerse en virtud de una norma expresa de la misma cate...
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Si no se ha adjuntado copia del decreto recurrido, ni se ha indicado la fecha en que se interpuso el recurso de reposición con apelación denegada, ni se ha indicado en la queja la fecha de notificación del decreto apelado en subsidio, en los términos del art. 402, inc. 3 C.P.C.C., es manifiestamente inadmisible el recurso directo....
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El recurso de casación por la causal del inc. 1 del art. 383 C.P.C.C., sólo procede en caso de que se impute fundadamente al pronunciamiento un vicio in procedendo, lo cual excluye la procedencia del recurso por un supuesto error de interpretación de normas de carácter sustancial, aún cuando se trate de normas de esa naturaleza que integran la ley arancelaria....
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La cesión de cuotas de una S.R.L. implica una modificación del contrato constitutivo (art. 11 inc. 1 de la ley 19.550), por lo que cumplido el procedimiento determinado por los arts. 152 y ss. de la misma ley, la transferencia debe publicarse e inscribirse (arts. 5º y 7º de la ley de sociedades)....
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La irregularidad de una sociedad no puede derivar de la falta de inscripción de las modificaciones del contrato social, sino sólo en relación al acto constitutivo de la sociedad, deviniendo aplicable el régimen previsto en los arts. 21 a 26 de la ley 19.550, dando lugar, en caso de incumplimiento de los requisitos formales de esas modificaciones, a la aplicación de sanciones diferentes, como resul...
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Para fijar el alcance que tiene la omisión de la publicidad registral de dichas modificaciones debe tenerse en cuenta que ella puede ser constitutiva o declarativa. En el primer caso, se considera inexistente toda situación anterior a la registración. En el segundo supuesto, la situación creada es válida y solamente se limitan sus efectos, siendo inoponibles a los terceros.
En los sistemas de ins...
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