La prueba sobre la existencia del hecho, la participación del acusado y las circunstancias que permiten inferir el riesgo procesal son condiciones que deben concurrir simultáneamente para la justificación de la coerción, debiendo la fundamentación del pronunciamiento que dispone la medida, proyectarse en forma autónoma con relación a cada uno de ellos....
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No existe norma procesal alguna que impida al tribunal de mérito disponer -motu proprio- el encarcelamiento cautelar del acusado al leerse la parte dispositiva del fallo, máxime cuando al acusado se le impone una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo que autoriza el dictado de la prisión preventiva (arg. art. 281 inc. 1 CPP).
Si al momento de dictar la sentencia condenatoria, el a...
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El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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El art. 24 del Código Penal dispone que el tiempo que el condenado sufrió en prisión preventiva debe ser tenido en cuenta en el monto de la pena privativa de la libertad. El fundamento de esta compensación, es la suficiencia de la represión, pues para la ley, el encierro preventivo sufrido en relación a un delito que luego dio lugar a una condena, implicó en el sujeto una grave disminución de sus ...
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La facultad discrecional de fijar la pena es exclusiva del tribunal de juicio y únicamente es revisable en casación en supuestos de arbitrariedad tales como falta de motivación de la sentencia, de motivación ilegítima o de motivación omisiva. El ejercicio de estas facultades discrecionales se encuentra condicionado sólo a que la prudencia pueda ser objetivamente verificable y que la conclusión que...
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La libertad condicional (art. 13 C.P.) es un beneficio legal del que puede gozar el interno previa ponderación de sus circunstancias personales y un juicio sobre su grado de recuperación y de readaptación. Se trata de un período durante el cual el penado sale de su encierro condicionado a la observancia de una serie de obligaciones, cuyo incumplimiento se traduce en la violación del compromiso asu...
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\r\nNo se podrá utilizar como presunción de culpabilidad en su contra (ni como circunstancias agravantes para la individualización de la pena que se le pudiere imponer, art. 41 C.P.) que el imputado se abstenga de declarar, o que al hacerlo mienta, o el modo en que ejerza su defensa. Ello así desde que el Código Procesal Penal prescribe requerirle juramento o promesa de decir la verdad y, por ende...
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Conforme reiterada jurisprudencia de esta Sala, la determinación del quantum de la pena es una facultad discrecional del tribunal de mérito. Como tal, resulta revisable en casación cuando es arbitraria, esto es, en los supuestos de falta de motivación de la sentencia, de motivación ilegítima o de motivación omisiva. \nEl ejercicio de facultades disc...
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