Resultados

14 Nov 2001

Prueba

Sánchez, Eduardo Luis c/ Antonio Minervino Muñoz Prueba
Costas por su orden /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

Debe considerarse que en nuestro derecho procesal la negligencia no ha sido legislada en detalle y que quien solicitó la caducidad pudo considerarse con derecho a peticionar y a discutir. En consecuencia, las costas de la segunda instancia deben imponerse por el orden causado (art. 130 C.P.C.C.)....

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02 Nov 2001

Acumulación de procesos

Incidente de acumulación de autos en Irrazábal, Néstor Raúl c/ Coop. Ltda. de Elect. de Mina Clavero (Clemic) Acumulación de procesos
Fundamentos de operatividad / Finalidad / Procedencia / Consenso de las partes: efectos /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

. La acumulación responde a la conexidad jurídica existente entre varios procesos (dos o más) entre las mismas partes, iniciados en momentos distintos, que se tramitan independientemente, pero que por razón de su vinculación jurídica se reúnen para que sean decididos por un solo juez, con un mismo criterio. Ha dicho nuestro máximo tribunal que la acumulación de procesos se fundamenta en la necesi...

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12 Feb 2001

Perención de instancia

Vilanovas Benaiges, Eduardo y otra - Declaratoria de herederos Perención de instancia
Procedimiento: interpretación de las normas aplicables /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

El instituto de la perención atañe a la existencia misma del proceso, el Tribunal tiene comprometida opinión en orden a que las normas que lo regulan son de carácter excepcional y deben ser interpretadas por los jueces con severidad y cautela, siendo el principio dominante en la materia el de vitalidad y supervivencia de los procedimientos. Frente a la demanda de caducidad, la labor del juzgador e...

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12 Feb 2001

Perención de instancia

Vilanovas Benaiges, Eduardo y otra - Declaratoria de herederos Perención de instancia
Decreto de autos: efectos / Necesidad de su notificación /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

El requerimiento de resolución de la apelante no situó a la causa en la hipótesis de no perentoriedad de la instancia por pendencia de una resolución legal, pues su objetivo y consecuencia natural fue el dictado del respectivo decreto de autos y a estudio (art. 377 C. de P.C.), el que dejaría si, luego de notificado en forma y de no mediar alguna otra contingencia como la adopción de medidas para ...

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07 Feb 2001

Demanda

Castro Roque Rolando c/ Ivar Guillermo Arregui y otro Demanda
Silencio del demandado / Efectos / Apercibimiento de posible confesión: interpretación /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

El apercibimiento de posible confesión previsto por el art. 192 C.P.C.C. genera una simple presunción de veracidad que no exime al juez de establecer las condiciones de procedencia de la acción, pues es insuficiente por sí sola. El problema de la no contestación de la demanda y el instituto procesal que la regula, constituye una cuestión que no puede abstraerse de las circunstancias propias de ca...

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07 Feb 2001

Demanda

Castro Roque Rolando c/ Ivar Guillermo Arregui y otro Demanda
Resarcimiento del daño / Juicio de equidad del juzgador: alcance /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

No cabe acordar indemnizaciones sobre la base de simples conjeturas si no media la indispensable prueba del daño efectivamente sufrido. Si bien la equidad es reconocida como factor objetivo de atribución esto es un criterio legal abierto para fundamentar la responsabilidad con prescindencia de la valoración de la conducta del causante del daño. La «jurisdicción de la equidad» no es sinónimo de lib...

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07 Feb 2001

Demanda

Castro Roque Rolando c/ Ivar Guillermo Arregui y otro Demanda
Recurso de apelación / Apelación adhesiva / Naturaleza y fin del instituto / Posturas doctrinarias /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

. La cuestión vinculada a la naturaleza y fin de la apelación adhesiva divide a los autores, una primera corriente postula que el adherente no ha querido originariamente apelar para no prolongar el trámite, valorando más la sentencia que le es parcialmente favorable a continuar con el desarrollo del proceso, propósitos que se ven desvirtuados al apelar la contraria y quedar expedita la posibilidad...

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07 Feb 2001

Demanda

Castro Roque Rolando c/ Ivar Guillermo Arregui y otro Demanda
Apelante adhesivo / Admisibilidad formal / Requisitos /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

A los fines de su admisibilidad formal se entiende como apelante adhesivo al litigante que se conforma en principio con el pronunciamiento, aunque no le sea del todo favorable, bajo la implícita condición de que su contendor tampoco apele. Las nociones de apelado y de la contraria, requeridas como condición para apelar por adhesión, son equivalentes y manifestación de la contradicción de intereses...

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18 Mar 1996

Prenda

Bco. Social de Cba. c/ Eduardo Antonio Nicola Prenda
Ejecución / Recurso de nulidad: finalidad / Trascendencia del vicio. Rechazo / Excepción de nulidad del contrato prendario: validez de cláusulas contenidas en “anexos” del contrato, debidamente registrado /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

1. No obstante que el juez no corriera traslado de las excepciones opuestas, amén de que dicho trámite no tenga consagración legal, si la recurrente tomó conocimiento de que la causa estaba a despacho y no intentó revocatoria, se ha operado preclusión del procedimiento, sin posibilidad de ser cuestionada luego de clausurada la anterior instancia. 2. Como derivación de la vocación pragmática del s...

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13 Mar 1996

Compraventa

Ligorria, José Hugo c/ José Eriberto Escudero Compraventa
Reintegro de impuestos adeudados al realizarse la compraventa / Buena fe. /
Tribubal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores

1. La sentencia de primera instancia, al acoger la demanda por reintegro de impuestos atrasados que tuvo que afrontar el comprador del automóvil y que adeudaba el vendedor al momento de la compraventa, manda a pagar la suma de quinientos noventa y nueve pesos con setenta y tres centavos y regula el honorario del abogado del actor en la suma de trescientos sesenta y dos pesos con setenta centavos. ...

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