La violación de una norma de carácter procesal, es decir, un vicio in procedendo, es lo único que puede fundar la nulificación de un acto por la vía del incidente de nulidad. El cuestionamiento relativo a la aplicación incorrecta de una norma procesal -en el caso del inc. 2 del art. 486 C.P.C.C.- es una crítica a la interpretación que el juez...
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Al iniciar un incidente de nulidad se debe cumplimentar la exigencia del art. 77 C.P.C.C., probando que el vicio que se señala causa al peticionante, un perjuicio cierto e irreparable; no es suficiente la invocación genérica de haberse quebrantado las formas del juicio, sino que debe existir un agravio concreto y de entidad, pues la nulidad no es sólo en el interé...
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Para lograr la revocación total o parcial de un proveído dictado sin sustanciación, se debe interponer el correspondiente recurso de reposición, legislado por el art. 358 y ss. C.P.C.C. o, el recurso de apelación en los casos en que se cause un gravamen irreparable.\nNo corresponde la vía del incidente de nulidad para lograr la revocación de un prov...
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La violación de una norma de carácter procesal, es decir, un vicio in procedendo, es lo único que puede fundar la nulificación de un acto por la vía del incidente de nulidad. El cuestionamiento relativo a la aplicación incorrecta de una norma procesal -en el caso del inc. 2 del art. 486 C.P.C.C.- es una crítica a la interpretación que el juez...
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Admitir defensas causales desnaturalizaría el juicio ejecutivo y de ese modo se desviaría la finalidad de los títulos cambiarios, cuya autonomía y literalidad, le acuerdan al acreedor celeridad y certeza para el cobro.\nEl art. 549 C.P.C.C., por el modo en que está redactado, impide las defensas fundadas en la causa de la obligación. Esta norma sólo...
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En virtud del art. 548 C.P.C.C. quien excepciona debe probar....
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Mediante el recurso de apelación se debe realizar una crítica fundada y ajustada a derecho que logre demostrar el yerro cometido por el juzgador. No basta para dar pilar basamental a éste, un mero disconformismo con lo resuelto. La técnica recursiva exige, y así deberá ser controlado, que el remedio planteado examine los concretos fundamentos que ha tomado...
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La fuerza probatoria del dictamen pericial será estimada por el juez teniendo en consideración la competencia de los peritos, la uniformidad o disconformidad de sus opiniones, los principios científicos en que se fundan, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana lógica y las demás pruebas y elementos de convicción que la causa ofrez...
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La opinión del perito de control que resulte divergente con la del perito oficial puede ser tenida en cuenta por el juzgador para fundar su pronunciamiento, si encuentra que sus razones son más valederas que las que le aporta el perito oficial. El juez debe valorar los dictámenes de conformidad con las reglas de la sana crítica racional....
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La pericia oficial debidamente fundada ha de tener necesariamente un mayor poder de convicción que las apreciaciones de lo peritos de parte, quienes actóan en el proceso imbuidos de sus conocimientos pero desde una perspectiva inevitablemente ligada a quienes, como litigantes, les han confiado dicha función. Así este consultor técnico constituye una figura claram...
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