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13 Feb 2008

Beneficio de litigar sin gastos

Rivarola, viuda de Prado, Laura Tomasa Beneficio de litigar sin gastos
Perención de instancia / Reposición dictada durante el trámite / Improcedencia de la apelación / Fundamentos /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C.

A los fines de la caducidad de la instancia, el beneficio de litigar sin gastos debe considerarse un incidente, aun cuando tenga un trámite procesal independiente del juicio principal y, por ende, las distintas alternativas de éste no graviten en su consecución (del voto de la mayoría, Dres. Remigio y Simes).\r\nLa resolución apelada que resuelve el recurso de reposición, cae dentro de la regla de...

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13 Feb 2008

Beneficio de litigar sin gastos

Rivarola, viuda de Prado, Laura Tomasa Beneficio de litigar sin gastos
Recurso de apelación / Control de admisibilidad / Indisponibilidad de las partes /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C.

La inobservancia de los requisitos de admisibilidad de los recursos, debe siempre ponerse de manifiesto de oficio, ya que constituyen condiciones necesarias para habilitar la competencia de los tribunales superiores, la cual, por ser funcional y, por lo tanto, absoluta, es indisponible para las partes. Estas no pueden, ni aun poniéndose de acuerdo, llevar ante el juez superior, un recurso que no h...

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13 Feb 2008

Beneficio de litigar sin gastos

Rivarola, viuda de Prado, Laura Tomasa Beneficio de litigar sin gastos
Trámite específico del beneficio / Inaplicabilidad de las disposiciones del juicio abreviado / Inexistencia de limitaciones recursivas /
Tribubal: Cámara 7ª C. y C.

El beneficio de litigar sin gastos tiene un trámite específico regulado por los arts. 101 al 109 C.P.C.C., en virtud de ello y acorde con la prescripción normativa contenida en el art. 427 C.P.C.C. a contrario sensu, no resultan de aplicación las disposiciones del juicio abreviado. Por consiguiente tampoco rigen durante su sustanciación las limitaciones recursivas del art. 515 C.P.C.C. (del voto e...

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12 Feb 2008

Enriquecimiento sin causa.

Lluch, Lorena Elizabeth c/ Provincia de Córdoba y otro Enriquecimiento sin causa.
Servicio prestado a la administración sin que exista designación formal. Subsidiariedad de la acción de in rem verso. Acción del empobrecido contra el enriquecido injustamente. Su recepción en el Código Civil. /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

El cobro de un crédito adeudado en concepto de prestación de un servicio a la administración sin que medie acto formal de designación no se funda en un daño derivado de un ilícito civil que tenga como agente a la Provincia, sino que lo que se persigue es la reparación del menoscabo patrimonial padecido a raíz del beneficio incausado generado en favor del Estado con los servicios no compensados (de...

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12 Feb 2008

Empleo público

Lluch, Lorena Elizabeth c/ Provincia de Córdoba y otro Empleo público
Ausencia de un nombramiento regular / Necesidad de agotar la vía administrativa y accionar en el fuero contencioso administrativo. /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

La ausencia de un acto de nombramiento regular excluye el carácter contractual de la relación jurídico-sustancial merced a la cual la actora prestó su labor en la administración (del voto del Dr. Sesin). Ante el acto administrativo que expresamente denegó el pago de los salarios reclamados en virtud de no contar con un acto de nombramiento o designación regular, el interesado debía agotar la ví...

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12 Feb 2008

Iura novit curia.

Lluch, Lorena Elizabeth c/ Provincia de Córdoba y otro Iura novit curia.
Facultad del juzgador para aplicar el derecho. / Irrelevancia del nombre dado a la acción. /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil y Comercial

Más allá del nomen iuris o de la denominación de “resarcimiento” dada por la actora a su pretensión de fondo, de lo que se trata es de un crédito por remuneraciones o salarios devengados por el ejercicio de funciones de facto, razón por la cual, el plazo de prescripción que corresponde computar es el del art. 4027, inc. 3 C.C. (del voto del Dr. García Allocco). La acción de enriquecimiento sin ...

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08 Feb 2008

Amparo

Rearte, Adriana Sandra y otro c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba Amparo
Procedencia de la acción / Requisitos /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C.

\r\nSegún los lineamientos de los arts. 1º de la ley 4915, 43 C.N. y 48 Const. Pcial., la acción resulta procedente cuando el acto u omisión de la autoridad pública produzca un daño de manera ilegal o arbitraria en forma manifiesta. La legalidad a que alude la ley de amparo, es legalidad material en sentido amplio; es decir, puede discutirse un hecho contrario a una ley del Congreso, a una resoluc...

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08 Feb 2008

Fuerzas armadas y de seguridad

Rearte, Adriana Sandra y otro c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba Fuerzas armadas y de seguridad
Posibilidad de agremiación / Régimen legislativo propio / Rechazo de la pretensión. /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C.

Según los lineamientos de los arts. 1º de la ley 4915, 43 C.N. y 48 Const. Pcial., la acción resulta procedente cuando el acto u omisión de la autoridad pública produzca un daño de manera ilegal o arbitraria en forma manifiesta. La legalidad a que alude la ley de amparo, es legalidad material en sentido amplio; es decir, puede discutirse un hecho contrario a una ley del Congreso, a una resolución ...

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07 Feb 2008

Responsabilidad civil

Cáceres, Leonardo Javier c/ Instituto Atlético Central Córdoba Responsabilidad civil
Lesión deportiva producida durante una práctica de fútbol / Relación de dependencia con el club / Presupuestos para la existencia de responsabilidad civil /
Tribubal: Cámara 6ª C. y C.

La posición doctrinaria mayoritaria entiendela dependencia civil no coincide con la "subordinación laboral". ya que no es necesario que se configure la laboral para que exista responsabilidad del principal por el hecho del dependiente. ...

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07 Feb 2008

Responsabilidad civil

Cáceres, Leonardo Javier c/ Instituto Atlético Central Córdoba Responsabilidad civil
Lesión deportiva producida durante una práctica de fútbol / Relación de dependencia con el club / Presupuestos para la existencia de responsabilidad civil /
Tribubal: Cámara 6ª C. y C.

\r\nLa noción de dependencia civil es una noción flexible, que se limita a la posibilidad fáctica o jurídica de dar órdenes o instrucciones acerca del desempeño de la tarea encomendada en el interés del principal. En este sentido, carece de relevancia que los jugadores intervinientes en la práctica deportiva sean o no profesionales (remunerados) o permanentes; pueden ser amateurs y tratarse de una...

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