Iura novit curia.

Facultad del juzgador para aplicar el derecho. / Irrelevancia del nombre dado a la acción. /

Más allá del nomen iuris o de la denominación de “resarcimiento” dada por la actora a su pretensión de fondo, de lo que se trata es de un crédito por remuneraciones o salarios devengados por el ejercicio de funciones de facto, razón por la cual, el plazo de prescripción que corresponde computar es el del art. 4027, inc. 3 C.C. (del voto del Dr. García Allocco). La acción de enriquecimiento sin ...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Lluch, Lorena Elizabeth c/ Provincia de Córdoba y otro

Revista Nro: 121
Nro Página: 169

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