La simple incontestación de la demanda, si bien no obliga al juez a proveer de conformidad, sí le da la posibilidad de hacerlo siempre y cuando encuentre fundada razonablemente su petición. \nEl demandado, dedujo un escrito de responder la contestación de la demanda, pero lo hizo en otro tribunal, en lugar de hacerlo en el juzgado donde tramitaba efectivamente la causa. Y luego, su letrado (no apo...
Ver más
Si a la fecha de deceso del actor ya había transcurrido el término de un año para que pueda estimarse procedente la perención, la exigencia de notificación del proceso respecto de los sucesores sólo persigue transformar en perjuicio de la contraria la perención de instancia consolidada al fallecimiento del demandado. \nSin perjuicio de que la suspen...
Ver más
Tanto la jurisprudencia como la doctrina han considerado válidos los reconocimientos ?impropios? integrativos de las declaraciones testimoniales oportunamente brindadas ya que resultan actos informativos encaminados a consolidar el presupuesto y a valorar la credibilidad de aquel elemento de prueba\r\nEl reconocimiento impropio a través del cual se invita a la víctima para que indique si se encuen...
Ver más
Tanto la jurisprudencia como la doctrina han considerado v...
Ver más
Si a la fecha de deceso del actor ya había transcurrido el término de un año para que pueda estimarse procedente la perención, la exigencia de notificación del proceso respecto de los sucesores sólo persigue transformar en perjuicio de la contraria la perención de instancia consolidada al fallecimiento del demandado. \nSin perjuicio de que la suspen...
Ver más
Para que se configure el delito de amenazas (art. 149 bis C.P.) las expresiones utilizadas por el agente deben ser idóneas, es decir, deben ser capaces de crear en la víctima un estado de alarma o temor, quedando fuera de la tipicidad las que no resultan aptas para originar tal estado. A los fines de determinar cuándo la amenaza es idónea se debía requerir que el autor las emplee con una finalidad...
Ver más
El régimen normativo en materia de convertibilidad, no ha tenido, ni expresa ni implícitamente, en miras modificar la reglamentación del art. 14 bis C.N. En una interpretación sistemática del ordenamiento jurídico aplicable en materia previsional, no existe fundamento válido que justifique retacear los ajustes de los haberes jubilatorios. No resulta irrazonable la decisión de los jueces de la caus...
Ver más
A los fines de determinar la existencia de negligencia probatoria en la producción de una determinada prueba no sólo debe tenerse en cuenta el transcurso del tiempo, como elemento objetivo, sino que a ello debe agregarse una verdadera actitud desinteresada por parte del obligado a producirla. Es decir que resulta relevante no sólo verificar el mero transcurso del tiempo, sino que éste debe ser de ...
Ver más
A los fines de determinar la existencia de negligencia probatoria en la producción de una determinada prueba no sólo debe tenerse en cuenta el transcurso del tiempo, como elemento objetivo, sino que a ello debe agregarse una verdadera actitud desinteresada por parte del obligado a producirla. Es decir que resulta relevante no sólo verificar el mero transcurso del tiempo, sino que éste debe ser de ...
Ver más