. El solo vencimiento del término probatorio en este proceso de índole cambiaria no ocasiona la caducidad de todas las pruebas no producidas e incorporadas hasta ese momento.
2. La caducidad de las pruebas no opera de manera mecánica sino asociada a la noción de negligencia, y ésta por definición, desde que supone un juicio sobre conductas y no sobre meros hechos objetivos, constituye una apreci...
Ver más
1. El ofrecimiento de una absolución de posiciones entre quienes forman la misma parte rompe el principio general de que quien debe absolver posiciones es la parte contraria, o quien la pide es contraparte, como también cualquier litisconsorcista de la parte activa a la pasiva o viceversa.
2. Es un principio general que entre los litisconsortes no pueden proponerse posiciones recíprocamente, pudi...
Ver más
1. La aceptación de la hipoteca por el acreedor, en los términos del art. 3130 C.C., no necesariamente debe ser expresa, sino que es válida la que surge tácitamente del texto constitutivo.
2. Corresponde desestimar el agravio fundado en que la acreedora hipotecaria no aceptó la hipoteca en los términos del art. 3130 C.C., porque en el caso de autos, ello no es exacto; si bien esa aceptación no a...
Ver más
1. El pagaré es un título de valor formal, literal, completo, autónomo y abstracto, que contiene una promesa incondicionada de pagar a su vencimiento una suma de dinero que se expresa.
2. La excepción de pago debe fundarse en documentos de los que surja en forma clara su referencia a la deuda que se ejecuta, que no deje atisbo de duda respecto de su cancelación. El hecho de haber suscripto los pa...
Ver más
1. El contrato base de la acción no es lesivo para la recurrente ni para el orden o la moral públicos. No es óbice para el cumplimiento de sus cláusulas la naturaleza de la contrata-adhesión, y es más, la fundamental obligación que asume el titular de la tarjeta de crédito es pagar el resumen, previo análisis de su contenido.
2. Va de suyo que este último hecho se hace, o debe cumplirse, cuando ...
Ver más
Si la demanda por incapacidad física quedó limitada al 30% de la T.O., en caso de acreditarse un daño mayor no puede ser ampliado el resarcimiento porque se cae en incongruencia (art. 349, C. C.).
2. En la demanda no se reclamó una indemnización en base a la remuneración percibida por la actora en su trabajo hasta el accidente, sino en razón de un parámetro de referencia. Por lo tanto, resulta ex...
Ver más
1. Los actores debieron soportar las costas derivadas del juicio que les promoviera la cesionaria por incumplimiento de lo acordado en el contrato de cesión, y ello constituye un daño patrimonial resarcible por la conducta culposa del vendedor -Flats S.A.- en el cumplimiento de sus propias obligaciones en otorgar la escrituración en los plazos estipulados en el boleto de compraventa firmado con lo...
Ver más
1. El plazo mínimo previsto por la ley 23.091 de loca¬ciones urbanas, art. 2º, se refiere al contrato de locación celebrado por primera vez y no rige para las sucesivas prórrogas del contrato original.
2. El distinto precio y el nuevo tercero fiador no son pautas definitivas que conduzcan a la interpretación de celebración de un nuevo contrato, en contra de la afirma¬ción de que se trata de una p...
Ver más
1. La obligación del abogado es poner de su parte todos los conocimientos, diligencia, pericia y prudencia con el fin de obtener un fallo favorable en la cuestión o proceso de que se trate. Razón por la que se lo tiene por responsable de los daños que se deriven de la omisión o ausencia de aquellos, sin necesidad de la prueba de su culpa.
2. Que el actor haya comparecido en las sucesivas presenta...
Ver más
1. El crédito documentario es un medio práctico de pago en las transacciones comerciales, en las que las partes del contrato se sirven de las entidades bancarias de cada lugar con el fin de asegurarse el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas.
2. El procedimiento del crédito documentario se concreta en convenir con un banco en que éste se obligue a pagar al vendedor el precio de la c...
Ver más