La Caja demandada cuenta, entre sus recursos, con un aporte semestral adelantado del cinco por mil (5 ‰) del monto vigente del subsidio por fallecimiento a cargo de los afiliados activos y pasivos; es decir, no existe ausencia de contrapres-tación, característica del subsidio, lo que lo asimila más a un seguro de vida. Tal naturaleza jurídica del subsidio por fallecimiento se encuentra presente en...
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La ley prevé como beneficiarios del subsidio a quienes designe el afiliado en sobre cerrado -teniendo preeminencia esta voluntad- o, en su defecto, los derecho-habientes del art. 54 de la ley 8577, sin que en este último caso resulte necesario que reúnan las condiciones allí establecidas para percibir el derecho de pensión, por lo que si no existiera la mentada designación por parte del afiliado e...
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Enfocando la cuestión desde el seguro de vida, de no otorgar la Caja el subsidio en el porcentaje total a la hija de la afiliada, ante el fallecimiento del otro beneficiario designado en sobre cerrado, se estaría enriqueciendo indebidamente, en razón de que se trata de un derecho que el afiliado paga, razonamiento que se encuentra apoyado por el art. 145 de la ley de seguros 17.418. (Del voto de l...
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Si quien provocó el pronunciamiento del tribunal acerca del carácter posconcursal del crédito fue la concursada, a través de la interposición de la revisión, y obtuvo un pronunciamiento adverso, habiendo resultado vencida corresponde aplicar la regla general de nuestro ordenamiento procesal del principio objetivo de la derrota (art. 130 C.P.C.C.) que resulta aplicable por remisión expresa de la le...
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Se viola el principio de igualdad ante la ley con la moratoria sectorial para el autotransporte de pasajeros dispuesta en beneficio exclusivo de esas empresas y sus aseguradoras, puesto que la víctima de un accidente de tránsito producido por un automóvil particular puede cobrar íntegramente su crédito en forma inmediata, mas si la víctima lo ha sido de un colectivo, tendrá que esperar el lapso de...
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No corresponde la aplicación de la ley 24.283 que regula lo que se ha dado en llamar «desindexación de sentencias judiciales», ya que dicha normativa procede cuando el mecanismo indexatorio elegido, en su resultado ya no concuerda con el valor real y actual del bien objeto del litigio, con independencia de que esté incluido en un acuerdo, norma o sentencia.
La doctrina más calificada y en forma p...
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Cuando situaciones de crisis o necesidad pública exigen la adopción de medidas tendientes a salvaguardar el interés general, se puede -sin violar ni suprimir los derechos patrimoniales- postergar, dentro de límites razonables el cumplimiento de obligaciones emanadas de derechos adquiridos. De lo que se trata es de hacer posible el ejercicio de las facultades indispensables para armonizar los derec...
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El decr. 260/97 dictado por el Ejecutivo Nacional declaró inicialmente en estado de emergencia, durante treinta y seis meses, la actividad aseguradora del autotransporte, otorgándole un beneficio respecto de las sentencias de condena que pudieran recibir, disponiéndose el cobro respectivo de manera fraccionada y luego de un plazo de gracia.
La validez temporal del decr. 260/97 resulta de su art. ...
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El reclamo por lucro cesante generado como consecuencia de la privación del uso del automóvil y no propiamente como el daño emergente producido por la misma causa, exige que la prueba no pueda ser tan flexible, en función de que ambos orígenes resarcitorios son diversos, el primero importa un resarcimiento por la pérdida de un enriquecimiento y el segundo entraña un empobrecimiento. De allí que el...
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La garantía constitucional de la defensa en juicio, en su aspecto más primario, se traduce en el principio de contradicción o bilateralidad, el cual supone que las decisiones judiciales deben ser adoptadas previo traslado a la parte contra la cual se pide.
La garantía constitucional de la defensa en juicio se encuentra satisfecha sólo cuando se da a las partes la oportunidad de ser oídas y de pro...
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