Resultados

04 Apr 1998

Juicio ejecutivo

Cubria, Héctor E. como síndico en los autos: Oggero Hnos. y sus acumulados c/ Félix Sanmartino Juicio ejecutivo
Excepción de pago: característica / Carga de la prueba / Recibo de pago: requisitos / Devolución de la letra /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

Es jurisprudencia reiterada y doctrina pacífica que la excepción de pago -total o parcial- opuesta en el juicio ejecutivo, tiene una característica muy especial, ya que importa el cumplimiento de la prestación que hace al objeto de la obligación. La carga de la prueba pesa sobre el excepcionante, pues el pago no se presume. El recibo pertinente debe extenderse conforme su finalidad probatoria, p...

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01 Apr 1998

Intereses

Godoy, Juan Carlos c/ Rosa Ghione de Traverna Intereses
Intereses sancionatorios / Tope /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

El segundo párrafo del art. 622 C.C. luego de aludir a la inconducta procesal maliciosa dice «los jueces...». Resulta entonces que se puede imponer intereses sancionatorios, los que no necesariamente deben coincidir con las tasas de operaciones de descuento ordinarias de los bancos oficiales. Estas operan como tope. Vale decir, todos lo intereses mandados a pagar (sancionatorios, compensa-torios y...

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30 Dec 1997

Cheque

Martino, Celestino c/ Banco del Suquía Cheque
Servicios bancarios: aplicación de la ley de defensa del consumidor / Responsabilidad del banco /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

Los servicios bancarios quedan encuadrados en los arts. 1º y 2º de la ley 24.240 (defensa del consumidor), en tanto contratos a título oneroso. El banco asume la obligación de entregar el dinero al cliente si se logra el cobro del cheque o la restitución de éste, debiendo responder si no cumple con lo último (arts. 511 y 512 C.C.)....

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29 Dec 1997

Concurso preventivo

Incidente de revisión al crédito: Banco Social de Córdoba, en autos: Englander Eduardo Concurso preventivo
Incidentes. / Recursos. Improcedencia / Perención de instancia / Honorarios: base regulatoria /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

Dentro del trámite incidental en la ley de concursos, no es posible interponer recursos, salvo en la resolución definitiva. La perención de instancia en los procesos concursales, opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial alguna. La reposición se considera por separado del juicio principal, regulándose las tareas profesionales cumplidas en ellos. Tratándose de la reposició...

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17 Dec 1997

Perención de instancia

Incidente de revisión al crédito Banco Social de Córdoba (Nº 7) Perención de instancia
Quiebra / Incidentes concursales /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

La perención no se opera, según el art. 342, inc. 3º, C.P.C., cuando la causa se encuentre en estado de dictar alguna resolución. En los incidentes concursales, una vez contestados los traslados de la demanda por todos aquellos a quienes corresponde, es imposible que se produzca la perención. En efecto, si nadie ofrece prueba queda automáticamente en estado de sentencia. Y en caso contrario, ocu...

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17 Dec 1997

Concurso preventivo

Cuadernillo de apelación en autos: Incidente de revisión al crédito Banco de la Nación Argentina en autos: Englander, Eduardo Concurso preventivo
Incidentes concursales / Trámite /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

Respecto de los incidentes con-cursales el trámite se regula por el art. 280 y ss. L.C., en tanto resulta del art. 282 que el juez dicta resolución «vencido el plazo» previsto por esa norma respecto de la producción de la prueba, aunque no esté totalmente diligenciada. Vencido el plazo máximo (no mayor de veinte días) nadie puede requerirla después de ese plazo, ni aun el juez señalar otro plazo, ...

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17 Dec 1997

Perención de instancia

Incidente de revisión al crédito Banco Social de Córdoba (Nº 7) - autos: Delmonte S.R.L - Concurso preventivo Perención de instancia
Quiebra / Incidentes concursales /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

La perención no se opera, según el art. 342, inc. 3º, C.P.C., cuando la causa se encuentre en estado de dictar alguna resolución. En los incidentes concursales, una vez contestados los traslados de la demanda por todos aquellos a quienes corresponde, es imposible que se produzca la perención. En efecto, si nadie ofrece prueba queda automáticamente en estado de sentencia. Y en caso contrario, ocu...

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24 Nov 1997

Citación de comparendo

Natali de Miranda, Edid María del Carmen, interpone incidente de nulidad en: «E.P.E.C. -Empresa Provincial de Energía de Córdoba c/ Claudia A. de Miranda y Edid María del Carmen N. de Miranda - Demanda ordinaria Citación de comparendo
Citación al domicilio contractual /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

La citación a estar a derecho debe hacerse en el domicilio real del demandado, y ese es el definido en el Código Civil, vigente al tiempo de efectuarse la citación. Ahora bien, si entre las partes ha mediado una relación contractual, y con motivo de ella el accionado ha manifestado dicho domicilio, resulta razonable y acorde con el orden normal de las cosas, que la otra parte se atenga al mismo y...

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15 Oct 1997

Titulos cambiarios

Grasso, Juan Carlos c/ Omar Adelmo González y Beatriz Teresa Molina de González Titulos cambiarios
Pago / Prueba /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

El pago total o parcial de los títulos cambiarios presenta peculiaridades que lo diferencian del régimen común de las obligaciones civiles o comerciales. Es ello consecuencia del principio de necesidad. Para probar por el accionado el pago total, la entrega de la cambial a su firmante, constituye el modo normal y más perfecto de acreditación del pago, pues el obligado no podrá ser requerido nueva...

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07 Oct 1997

Quiebra

Corradi S.A. - Concurso preventivo - Hoy quiebra - Incidente de enajenación de empresa Quiebra
Incidente de enajenación de empresa / Licitación / Segunda convocatoria /
Tribubal: Cámara C. y C. de San Francisco

De acuerdo con el art. 205 inc. 9º L.C., fracasada la primera licitación, la segunda se convoca sin base. Luego, si el juez, por considerarlo más conveniente a los intereses del concurso, deja esa alternativa como subsidiaria de la segunda licitación con otra base, va de suyo que no puede haber agravio alguno. Por lo mismo, lo dispuesto por el art. 205, inc. 7º L.C., carece de derecho el banco a e...

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