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31 Oct 2020

Sentencia

Tadino, Brian José s/ defraudación (art. 173 inc. 15) Sentencia
Arbitrariedad /
Tribubal: Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional de la Capital Federal, Sala 1

La Corte Suprema tiene dicho que la arbitrariedad de la sentencia se configura, entre otros casos, cuando se han considerado las pruebas, los indicios y presunciones en forma fragmentaria y aislada, incurriéndose en omisiones y falencias respecto de la verificación de hechos conducentes para la decisión del litigio; y en especial, cuando se ha prescindido de una visión de conjunto y de la necesari...

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31 Oct 2020

Tarjeta de crédito

Tadino, Brian José s/ defraudación (art. 173 inc. 15) Tarjeta de crédito
Falsificación / Naturaleza jurídica / Función / Asimilación al dinero /
Tribubal: Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional de la Capital Federal, Sala 1

Las tarjetas de crédito y débito secuestradas, aun cuando alguna pueda aparentar ser emitida por un banco de titularidad pública (por ejemplo, Banco Ciudad, Provincia y Nación), deben considerarse enmarcadas dentro del ámbito de la llamada banca privada, dado que se rigen por normas contractuales entre las entidades y sus clientes. En otras palabras, sí es necesario el uso para que su falsificaci...

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31 Oct 2020

Falsificación de documento

Tadino, Brian José s/ defraudación (art. 173 inc. 15) Falsificación de documento
Diferenciación entre instrumento público e instrumento privado /
Tribubal: Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional de la Capital Federal, Sala 1

Una distinción entre instrumentos públicos y privados radica en que el ordenamiento positivo les otorga a los primeros un valor probatorio pleno de los actos que documentan, dotándolos para ello de ciertos atributos externos previamente regulados (entre ellos, el común a todos es la firma del funcionario público que lo emite). Precisamente, esta consecuencia jurídica (conocida como plena fe) es la...

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31 Oct 2020

Principio de congruencia

Tadino, Brian José s/ defraudación (art. 173 inc. 15) Principio de congruencia
ALCANCE / Derecho de defensa en juicio /
Tribubal: Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional de la Capital Federal, Sala 1

En cuanto al principio de congruencia, el acontecimiento histórico que se juzga debe ser el mismo que fue objeto de imputación y debate en el proceso, es decir, aquel sustrato fáctico sobre el cual los actores procesales desplegaron su necesaria actividad acusatoria o defensiva. En el precedente “Cardozo” de este colegiado se sostuvo que “esta regla fija su alcance con el hecho descripto en la a...

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