Se ha dicho que contando con rango constitucional el derecho de no declarar contra sí mismo, entrañaría una verdadera incongruencia el que en virtud de la regla moral se impusiese a las partes la obligación de no formular afirmaciones contrarias a la verdad.
Todo aquello que injustamente obligue a la parte contraria a desplegar un esfuerzo mayor para obtener el reconocimiento de su derecho, const...
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La sanción por inconducta procesal se halla inspirada teleológicamente en un encomiable afán moralizador del proceso y de las relaciones entre quienes actúan en el mismo como partes, resultando procedente, por su carácter sancionatorio, sólo ante el acabado cumplimiento de todos los requisitos jurídicos y legales de conducencia cuya concurrencia debe ser controlada con el mayor rigor.
No puede ju...
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La preclusión se define como la pérdida, extinción o consumación de una facultad procesal, que resulta de tres situaciones diferentes: a) por no haberse observado el orden u oportunidad dado por la ley para la realización de un acto; b) por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercicio de otra ; c) por haberse ejercido ya una vez esa facultad. Consecuencia de la primera posibilidad ...
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Como complemento de las facultades que tienen los magistrados en la dirección del proceso, la ley los faculta para sancionar conductas procesales incompatibles con los principios éticos con que deben desplegarse los resortes que la norma procesal contempla para la realización de los derechos.
Conforme con el art. 28 C.N., los derechos, aun el de defensa en juicio, se ejercen de conformidad con...
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Con relación a la aplicación del apercibimiento contenido en el art. 83 C.P.C.C., concurre indubitablemente el elemento subjetivo que revela la intención de dilatar el proceso. La impugnación de una cesión, dos años después de haber aceptado la participación del cesionario en el proceso, muestra a las claras la intención de dilatar el juicio.
La aplicación del art. 83 C.P.C.C. es la piedra de toq...
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Si un letrado se presenta en juicio en virtud de un poder que le fuera conferido y se limita al pedido de participación formulado ante el juez que debía excusarse porque -como es de conocimiento del mismo profesional- se encuentra comprendido en la causal del art. 17 inc. 12 C.P.C.C. e inmediatamente de quedar firme el decreto de avocamiento de la jueza titular del juzgado donde quedó radicada la ...
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