Conducta procesal

Deber de actuar con probidad y buena fe / Sanción por incumplimiento / Fundamentos teleológicos / Requisitos de procedencia /

La sanción por inconducta procesal se halla inspirada teleológicamente en un encomiable afán moralizador del proceso y de las relaciones entre quienes actúan en el mismo como partes, resultando procedente, por su carácter sancionatorio, sólo ante el acabado cumplimiento de todos los requisitos jurídicos y legales de conducencia cuya concurrencia debe ser controlada con el mayor rigor. No puede ju...
Tribunal: Cámara C.C. y Cont. Adm. de Villa María
Autos: Ricci, Carlos Horacio c/ Municipalidad de Villa Dolores

Revista Nro: 80
Nro Página: 195

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase