Si el artículo es leído desde una visión complexiva de lo que como tal, el legislador dejó plasmado en él, hay que considerar que no interesa en la ponderación del inc. 1 del art. 7º si las preparatorias acontecen históricamente antes o después del juicio principal; el artículo recoge sólo el supuesto de que existan medidas preparatorias y que también tiene entidad un juicio principal que con ella...
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Conforme resulta de otros incisos del art. 7º C.P.C.C., es el tribunal que previno en las actuaciones quien después se ocupa de ellas, cuando se deduce la demanda principal de aquello prevenido a título incidental. Sin embargo, efectuar una interpretación extensiva no sólo que no resulta de la ley, sino que deviene contraria a ella.
La tramitación de la prueba anticipada presupone la urgencia en ...
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Una hermenéutica del inc. 1 del art. 7º C.P.C.C de estricto orden gramatical y semántico, pone de manifiesto la existencia de una notoria contradictio in adjectus, pues si lo preparatorio es como su mismo nombre lo indica, anterior en el tiempo a lo que será -o no- juicio principal, resulta de imposibilidad comprender el inicio de la regla de derecho que impone que será tribunal competente «El que...
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Quien resulta ser adquirente de un bien subastado tiene un derecho real adquirido por vía derivada que ejercita sin restricción de ninguna naturaleza especial, quedando por lo tanto absolutamente desvinculado del ámbito material a partir del cual la nombrada adquisición fuera constituida.
El remate judicial es un acto que tiene por fin la transferencia coercitiva de bienes de un deudor para satis...
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Existe una clara y evidente autonomía entre los dos litigios: quien adquiere en subasta recibe el inmueble libre de toda relación anterior existente entre las partes; por lo cual todo reclamo que el adquirente en subasta deba iniciar a los fines de asegurarse el legítimo goce del derecho de dominio que le asiste, no guarda vinculación con la causa que originara la ejecución en primer lugar y la su...
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El art. 11 de la ley 48 dispone que la vecindad de una provincia se adquirirá, a los efectos del fuero federal, por la residencia continua de dos años, o por tener en ella propiedades raíces, o un establecimiento de industria o de comercio, o por hallarse establecido de modo que aparezca el ánimo de permanecer....
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Lo tipificante para la configuración de la vecindad es la residencia o el «ánimo de permanecer», pues dicha circunstancia es la que sustancialmente otorgará el carácter de «vecino», es decir, «del que habita con otros en el mismo pueblo», demostrando un cierto y relevante grado de inserción en la convivencia provincial.
El hecho de ser la actora copropietaria de una fracción de terreno ubicado en...
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Quien resulta ser adquirente de un bien subastado tiene un derecho real adquirido por vía derivada que ejercita sin restricción de ninguna naturaleza especial, quedando por lo tanto absolutamente desvinculado del ámbito material a partir del cual la nombrada adquisición fuera constituida.
El remate judicial es un acto que tiene por fin la transferencia coercitiva de bienes de un deudor para satis...
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La competencia es la medida de la jurisdicción asignada a un órgano del Poder Judicial, a efectos de la determinación genérica de los asuntos en que es llamado a conocer por razón de la materia, de la cantidad y del lugar; por ende la incompetencia, expresión forense opuesta a competencia, es la situación en que se encuentra un magistrado respecto de los asuntos que la ley ha confiado a otros magi...
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Como sustento de la pretendida excepción sólo se alude a diferentes razones de improcedencia de las acciones intentadas por los actores implicados, lo que en modo alguno compromete la actuación de la competencia funcional del tribunal en los términos de la ley específica, para conocer y decidir en la causa. Nada se dice acerca de cuál sería el tribunal u órgano competente para resolver el caso, e...
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