Costas
Industrias Comofra SRL c/ Morre, Omar Santiago - Ejecutivo - Tercería de mejor derecho de Villa Nueva SA CostasTasa de justicia / Aportes / Diferencia entre obligado principal y obligado del reembolso / Oportunidad de pago /
Tribubal: Cámara C., C. y de Flia. de Villa María
Debe diferenciarse el obligado principal, sea de tasa de justicia, sea de aportes previsionales, del obligado del reembolso que por estos rubros corresponda, en función de la condena accesoria de costas, pues tanto el CTP como la ley 6468 (t.o. ley 8468), imponen al presentante originario del trámite la obligación de satisfacer las respectivas contribuciones, conforme las escalas que los citados c...
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