Prescripción
Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba c/ Centineo, José y otros PrescripciónSituación fáctica diferente a la contemplada en el C.C. / Sistema análogo a la legislación tributaria nacional /
Tribubal: Cám. 7ª C. y C.
\r\n, comienza a correr ?desde la fecha del título de la obligación?, está pensada para las relaciones privadas, generalmente, entre un acreedor y un deudor o, eventualmente, entre un acreedor y un universo más o menos numeroso, pero siempre más limitado de deudores (bancos, tarjetas de crédito, etc.). No es el caso del Fisco, que tiene ante si, a miles o millones de desaprensivos deudores morosos...
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