1. El responsable debe resarcir todo el daño que ha causado con su actuar ilícito. Ahora bien, como la reparación no tiene carácter de pena sino de indemnización, ésta no se cuantifica económicamente por la culpa sino por el daño sufrido por la víctima. Este principio denominado de la reparación integral o plena, está implícito en diversas disposiciones de nuestra ley común, como los arts. 1068, 1...
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De acuerdo a nuestro ordenamiento procesal, la decisión judicial debe circunscribirse a lo demandado y a las defensas que concretamente se opongan, y en segunda instancia debe atender a los agravios expuestos por el recurrente (arg. art. 353 C. de P.C). El principio de igualdad ante la ley se guarda cabalmente cuando en el proceso se otorga a ambas partes la oportunidad de considerar y defender, ...
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El art. 109 de la ley 17.418 postula como beneficiario del seguro al asegurado, pero conforme a “la póliza usual... el asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado y a la persona que con su autorización conduzca el vehículo objeto del seguro” (Meilij, Efectos jurídicos de los accidentes de tránsito, p. 255, citado por Hernán Daray, Accidentes de tránsito).
La aludida “póliza usual” hace ...
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Los honorarios de los profesionales intervinientes deben cuantificarse conforme a lo ya ordenado en anteriores resoluciones de la causa, cuando éstas se encuentran firmes al entrar en vigencia la nueva ley, por lo que devienen inamovibles por existir cosa juzgada al respecto, materia sobre la cual está interesado el orden público.
La nueva ley no puede modificar la autoridad de cosa juzgada, pues...
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El adquirente de un inmueble embargado debe responder por el valor del monto cautelar por el que se ordenó, con más el índice de actualización que correspondiere, hasta la entrada en vigencia de la ley 23.928 (art. 828 in fine C. de P.C). Esto es así, porque la publicidad de los registros es el medio idóneo para fijar la medida y el límite de su responsabilidad; por esa vía aquél conoce perfectame...
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La inteligencia acordada por esta Sala en anteriores resoluciones al art. 54 bis del C. de P.C. en relación a que el retiro del expediente por el patrocinante o apoderado produce la notificación de todo lo actuado, no puede ser aplicada cuando se trata, como sucede en el caso bajo análisis, de las notificaciones de un plazo común como lo es el de prueba, si aquella circunstancia no consta en autos...
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Las constancias que hay en la causa, que permitirían verificar cuál es el domicilio real de los demandados son los documentos de identidad de los recurrentes y la matrícula del inmueble. Ellas son pruebas meramente indirectas del hecho físico de la residencia y, de lo que se trata, es de juzgar cuál de ellas debe tener mayor eficacia.
Resulta razonable hacer prevalecer el dato registral, que t...
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Aunque el criterio mayoritario de esta Sala -en su anterior integración-, impedía proponer como materia de revisión a las costas con independencia del fondo del asunto, por la vía del inc. 5 del art. 1272 C. de P.C., tal principio ha reconocido alguna excepción cuando la imposición de aquéllas carece de fundamento o es arbitraria (conf. mi voto en Sent. Nº 52/92). (Del voto del Dr. Moisset de Espa...
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1. Las disposiciones de la ley 13.246 y sus reformas no fueron modificadas y menos derogadas por la ley 22.298, y hasta el presente no se ha sancionado ninguna otra que haya modificado el régimen del arrendamiento rural de la ley básica 13.246.
2. El art. 32 de la ley 13.246 prohíbe convenir como precio del arrendamiento el pago de una cantidad fija o su equivalente en dinero. Pero esta prohibici...
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Son obligaciones simplemente mancomunadas aquellas en que la obligación se divide entre todos los acreedores y los deudores, de tal modo que cada una de las partes de los diversos acreedores o deudores se consideran como que constituyen otros tantos créditos o deudas distintos los unos de los otros (art. 691 C.C.).
En estas obligaciones cada uno de los acreedores no puede exigir a cada uno de l...
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