Con respecto a la indemnización por daño moral, si el a quo tiene por acreditada la inexistencia en el caso de toda situación objetiva determinante de alguna modificación disvaliosa en la subjetividad del reclamante, como consecuencia de la muerte de su esposa; e -incluso- si tiene por acreditada la extinción de su calidad de heredero forzoso (arts. 1078, 3574 y 3575 C.C.) la demanda por daño mora...
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Una vez que se declara abierta la competencia por la vía del motivo sustancial de casación, esta Sala tiene la potestad para efectuar la correcta solución jurídica del caso bajo examen, aun valiéndose de argumentos distintos de los esgrimidos por el impugnante, siempre que deje incólumes los hechos fijados por el a quo en la sentencia de mérito, y que no viole la prohibición de la reformatio in pe...
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Aun cuando la justicia federal sería la única que puede resolver un planteo de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de la normativa de emergencia con relación a depósitos judiciales, esa competencia estaría fijada en la ley específicamente respecto de las demandas que se entablen. Entonces, en el depósito judicial de un menor dispuesto en el proceso de tutela, que tiene carácter incidental, oper...
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El análisis de las categorías de cómplice debe partir de las limitaciones que impone la ley en orden a la forma y oportunidad del aporte, advirtiéndose que sólo la complicidad no necesaria acepta la ayuda posterior con promesa anterior, tal como surge del texto expreso del art. 46 C.P.. Cuando se trata de la cooperación, la distinción entre las dos categorías ha sido efectuada por la ley en razón ...
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Sólo es posible, calificar como necesarios a aquellos aportes prestados a los autores o coautores que tienen un efecto en la configuración práctica del pertinente tipo delictivo. Conforme con este concepto, resultan captables como cooperación necesaria, los aportes de los cómplices aprovechados por los autores en el tramo estrictamente ejecutivo, sea que se vinculen con la modalidad típica de ejec...
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La prisión domiciliaria viene a constituir una de las formas por las que el legislador ha receptado el principio del trato humanitario en la ejecución de la pena, el cual tiene en el ámbito de la República expresa consagración normativa (art. 75 inc. 22 C.N.; XXV D.A.DD.H.; art. 5º, 2 C.A.DD.HH. -Pacto de San José de Costa Rica-; art. 10 P.I.DD.CC.PP.; Considerandos C.T.O.T.C.I.D. -A.G., ONU, 10/1...
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Mal puede pretenderse la obtención nuevamente de la prisión domiciliaria cuando, otorgada que fue, se quebrantó la obligación de permanecer en la institución donde debía residir, trasladándose incluso el penado fuera del país y luego concedida por segunda vez, adoptó un comportamiento disfuncional (art. 34 ley 24.660)....
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La prisión domiciliaria no constituye un cese de la pena impuesta ni su suspensión, sino que se trata de una alternativa para situaciones especiales, en las que los muros de la cárcel son sustituidos por un encierro en el domicilio fijado bajo el cuidado de otra persona o institución. Resulta, en definitiva, una atenuada modalidad de ejecución del encierro que implica la pena privativa de libertad...
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Resulta manifiesta la falta de legitimación procesal activa de la asociación civil «Mujeres por la Vida» (Filial Córdoba) para promover la acción de amparo invocando derechos de incidencia colectiva o intereses difusos colectivos en nombre de toda la sociedad argentina, aun cuando se tenga en cuenta el indiscutible objeto social de la entidad civil....
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Queda evidenciado que la supuesta lesión a los derechos de incidencia colectiva que invoca la asociación amparista, se contrapone a los intereses individuales y personales de todos aquellos individuos que razonablemente pueden no sentirse representados por los ciudadanos integrantes de la asociación civil demandante. Incluso, dichos ciudadanos pueden ser titulares de un interés legítimo y personal...
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