Los hechos que han quedado definitivamente fijados en sede penal no pueden ser variados, aunque la absolución dictada en esa sede no obliga al juez civil atento que el fundamento respecto de la responsabilidad se basa en principios diferentes. No puede, sin embargo, sostenerse la responsabilidad civil en una caracterización distinta del hecho de la que se ha realizado en aquella sede....
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Frente a la práctica negocial consistente en el libramiento de recibos por parte de los productores asesores de seguros, resultan ineficaces las resoluciones 26268/01 de la SSN y 90/01 del Ministerio de Economía de la Nación, en cuanto establecen que solo deben considerarse efectivizados los pagos cuando los fondos hayan ingresado a las arcas de la aseguradora, si aquellos operan de conformidad co...
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La culpa de la víctima debe estar demostrada en forma clara y contundente para eximir de responsabilidad. Sólo tendrá aptitud suficiente para quebrar el nexo causal si el comportamiento de la víctima mantiene una relación causal relevante con el hecho productor. Corresponde distinguir entre causa adecuada (antecedente idóneo para producir el resultado) y condición, que son los demás antecedentes o...
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Teniendo en cuenta las amplias facultades de los jueces en orden a la estimación y valoración de los perjuicios, resulta auto contradictorio tener por acreditada la existencia del daño y negar toda compensación por no considerar probado su monto.
No cabe negar la procedencia de la reparación con un criterio procesal sancionatorio de la posible negligencia probatoria del pretensor, en tanto exi...
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha recordado que la doctrina admite que, declarada abstracta la cuestión, las costas de la instancia extraordinaria deben ser soportadas por la demandada, pues su resolución ulterior a la sentencia recurrida pone inequívocamente de manifiesto que dio lugar a la promoción de la acción.
No resulta aplicable la segunda parte del art 14 de la ley 4915 desde...
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El art 130 del C.P.C.C. establece el principio general de que las costas deben ser impuestas al vencido, pero el tribunal tiene la facultad de revisar las circunstancias de la causa que resulten aptas para apartarse de tal principio, criterio que debe observarse restrictivamente en razón de tratarse de una excepción y ponderando cada caso en particular.
El Tribunal Superior de Justicia ha soste...
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Para que el discurso impugnativo desarrollado en la fundamentación de un recurso sea reconocido, es necesario, no solo que el recurrente individualice los yerros de hecho y derecho, omisiones, vicios o excesos en los que puede haber incurrido el a quo, las sino que resulta imprescindible que se señale las conclusiones a las que corresponde arribar para culminar en una decisión diversa de la adopta...
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Según lo preceptuado por el art. 1113 del viejo Código Civil, vigente al tiempo del hecho corresponde al demandado y/o aseguradora demostrar la ruptura del nexo de causalidad legalmente presumido entre los daños sufridos por la actora y la intervención del vehículo del demandado, como cosa riesgosa, acreditando una de las eximentes previstas por la norma, esto es culpa de la víctima o de un tercer...
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En cuanto al daño moral, el apelante no está eximido de su obligación de efectuar una crítica concreta, especifica, debidamente circunstanciada y razonada, de los argumentos y conclusiones del juzgador de primer grado, demostrando acabadamente que resulta elevado el importe establecido para reparar el agravio moral, explicitando al mismo tiempo los motivos por los que se considera adecuada la suma...
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Las vagas referencias a los costos estimativos efectuadas por los testigos, sin contener ninguna precisión al respecto, no resultan suficientes para que el tribunal determine prudencialmente su cuantía en los términos de los arts. 333, 334 y 335 del C.P.C.C., en razón de la inexistencia de elementos objetivos, debido a la ausencia de prueba en ese sentido, que acrediten bases suficientes para lleg...
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