El fundamento constitucional del art. 40 Const. Pcial. -el cual resulta reglamentado por el mencionado art. 220 C.P.P.-, que establece que nadie está obligado a declarar contra sí mismo, ni contra sus parientes más próximos, defiende la solidaridad o cohesión familiar del grupo. Empero, cuando uno de sus miembros destruye esta última, no parece que opere d...
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Esta Sala Penal tiene dicho que el apoderamiento como acción constitutiva del robo importa un acto material (desplazamiento de la cosa que está en poder de la víctima al autor), sumado al propósito del agente de someter la cosa a su propio poder. Por ello, se ha señalado que el delito se consuma cuando el bien sale de la esfera de poder y de vigilancia del tenedo...
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\r\nEs propio y exclusivo interés del abogado procurar el cobro de sus estipendios, estando facultado a iniciar ejecución particular para ello, sin estar compelido a compartir sus intereses con los propios de su cliente. Por otro lado, no parece haber norma alguna que prohíba que puedan existir dos o más martilleros actuantes en un mismo pleito, en cuanto las razones o títulos para cada uno de ell...
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Es propio y exclusivo interés del abogado procurar el cobro de sus estipendios, estando facultado a iniciar ejecución particular para ello, sin estar compelido a compartir sus intereses con los propios de su cliente. Por otro lado, no parece haber norma alguna que prohíba que puedan existir dos o más martilleros actuantes en un mismo pleito, en cuanto las razones o títulos para cada uno de ellos s...
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Lo que tiene efecto interruptivo es la comisión de un nuevo delito, y no el proceso a que éste pudiere dar lugar, por lo que, para no violentar el principio constitucional de inocencia, se coincide en requerir una sentencia condenatoria que declare su existencia.
No debe confundirse el sentido de esa exigencia: la causa interruptiva no es la condena sino el hecho que la motiva y por ello es la ...
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El art. 350 de la ley ritual expresa que “el sobreseimiento procederá cuando sea evidente:... 4°) que la pretensión penal se ha extinguido...”, con lo cual erige la evidencia acerca de la extinción de la acción penal, en el caso, de la prescripción, como exigencia ineludible para el sobreseimiento....
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Lo que tiene efecto interruptivo es la comisión de un nuevo delito, y no el proceso a que éste pudiere dar lugar, por lo que, para no violentar el principio constitucional de inocencia, se coincide en requerir una sentencia condenatoria que declare su existencia. \nNo debe confundirse el sentido de esa exigencia: la causa interruptiva no es la condena sino el hecho que la motiva y po...
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Lo que tiene efecto interruptivo es la comisión de un nuevo delito, y no el proceso a que éste pudiere dar lugar, por lo que, para no violentar el principio constitucional de inocencia, se coincide en requerir una sentencia condenatoria que declare su existencia. \nNo debe confundirse el sentido de esa exigencia: la causa interruptiva no es la condena sino el hecho que la motiva y po...
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La tarea de selección y valoración de la prueba se cumple por el tribunal de alzada sin control alguno del alto cuerpo, toda vez que la casación no involucra una tercera instancia y, por lo tanto, tampoco ampara el criterio opuesto que puedan tener los recurrentes respecto de la opinión vertida por la Cámara de juicio en base al material convictivo; criterio que ...
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La tarea de selección y valoración de la prueba se cumple por el tribunal de alzada sin control alguno del alto cuerpo, toda vez que la casación no involucra una tercera instancia y, por lo tanto, tampoco ampara el criterio opuesto que puedan tener los recurrentes respecto de la opinión vertida por la Cámara de juicio en base al material convictivo; criterio que ...
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