I. Antecedentes. II. Consideraciones generales sobre la sentencia. III. Inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521. 1. Las fuentes del cambio jurisprudencial. 2. Límites para los cambios de doctrina jurisprudencial. IV. Los tratados, el derecho internacional consuetudinario y la retroactividad de la ley penal. 1. Aplicación retroactiva de tratados de derecho penal de los derechos humanos. 2...
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La ley 23.521 (de obediencia debida) presentaba la particularidad de que no establecía regla alguna aplicable a hechos futuros y, de este modo, no cumplía con el requisito de generalidad propio de la función legislativa, infringiendo, por lo tanto, el principio de división de poderes (del voto del Dr. Petracchi). No es posible admitir que las reglas de obediencia militar puedan ser utilizadas p...
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\r\nLa ley 23.521 (de obediencia debida) presentaba la particularidad de que no establecía regla alguna aplicable a hechos futuros y, de este modo, no cumplía con el requisito de generalidad propio de la función legislativa, infringiendo, por lo tanto, el principio de división de poderes (del voto del Dr. Petracchi).\r\n\r\nNo es posible admitir que las reglas de obediencia militar puedan ser util...
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\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\nLa\r\nley 23.521 (de obediencia debida) presentaba la particularidad de que\r\nno establecía regla alguna aplicable a hechos futuros y, de este modo,\r\nno cumplía con el requisito de generalidad propio de la función\r\nlegislativa, infringiendo, por lo tanto, el principio de división de\r\npoderes (del voto del Dr. Petracchi).\r\nNo es posible admitir que las reglas de...
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\r\n \r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\nLa ley\r\n23.521 (de obediencia debida) presentaba la particularidad de que no establecía\r\nregla alguna aplicable a hechos futuros y, de este modo, no cumplía con el\r\nrequisito de generalidad propio de la función legislativa, infringiendo, por lo\r\ntanto, el principio de división de poderes (del voto del Dr. Petracchi).\r\nNo es posible adm...
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Se justifica la publicación de este fallo porque en él se consideraron y resolvieron dos cuestiones importantes. La primera, si la vía del amparo era la adecuada para debatir y resolver una cuestión como la planteada y si en ese proceso era posible declarar la inconstitucionalidad de una disposición legal; la segunda, si una resolución del Ministerio de Educación, al prescribir una estatura física...
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\r\nSe justifica la publicación de este fallo porque en él se consideraron y resolvieron dos cuestiones importantes. La primera, si la vía del amparo era la adecuada para debatir y resolver una cuestión como la planteada y si en ese proceso era posible declarar la inconstitucionalidad de una disposición legal; la segunda, si una resolución del Ministerio de Educación, al prescribir una estatura fí...
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