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08 Aug 2001

Amparo

Pereyra, Sergio Humberto c/ Municipalidad de Villa Nueva - Amparo Amparo
Costas / Imposición por el orden causado /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Las costas deben imponerse en el orden causado por el carácter de orden público de las disposiciones aplicadas (arts. 131, 132 y 133 de la ley de contrato de trabajo y decr. 6754/43 ratificado por ley 13.894 y modif.) que el ente administrativo debió prever por tratarse de normas imperativas impuestas por el legislador en concordancia con la doctrina de los arts.130, 131 y 132 C.P.C.C., ley 8465 (...

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08 Aug 2001

Amparo

Pereyra, Sergio Humberto c/ Municipalidad de Villa Nueva - Amparo Amparo
Imposición de costas al ganador / Fundamentos /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Las costas deben imponerse al ganador, situación que ha sido prevista en nuestro C.P.C.C., cuyo art.131, segunda parte, dispone que en caso de allanamiento por parte del demandado, si éste no hubiere dado motivo a la promoción del juicio, las costas se impondrán al actor. El hecho de que se haya admitido que la condena en costas es un caso de responsabilidad objetiva, no significa que nos hallemos...

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06 Jul 2001

Amparo

Vallari, Cristina Clotilde Petronila c/ Municipalidad de Villa Clavero Amparo
Legitimación activa /
Tribubal: Cámara C., C., del Trab., Flia. y Cont. Adm. de Villa Dolores

Podrá deducir acción de amparo toda persona individual o colectiva) que «se considere afectada» en cuanto lesión, restricción, amenaza o alteración de modo ilegítimo o arbitrario en uno de sus derechos (arts. 43 C.N., 48 Const. Pcial. y 5º ley 4915); es decir, aquella persona que esté directamente afectada en un derecho subjetivo, interés legítimo o interés difuso, no en un interés simple. Esto no...

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06 Jul 2001

Amparo

Vallari, Cristina Clotilde Petronila c/ Municipalidad de Villa Clavero Amparo
Contaminación de recursos hídricos / Actuación de la autoridad municipal /
Tribubal: Cámara C., C., del Trab., Flia. y Cont. Adm. de Villa Dolores

La demandada no procedió con arbitrariedad o ilegalidad en la emergencia, en razón de que por las circunstancias era necesario que actuara con urgencia, a fin de evitar la prolongación de daños a los recursos hídricos y en defensa de los intereses superiores de la comunidad. La enorme gravedad del hecho constatado y no desvirtuado, consistente en la contaminación con desechos cloacales de un río ...

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06 Jul 2001

Amparo

Vallari, Cristina Clotilde Petronila c/ Municipalidad de Villa Clavero Amparo
Actos de la administración / Presunción de legitimidad /
Tribubal: Cámara C., C., del Trab., Flia. y Cont. Adm. de Villa Dolores

Los actos de la administración, como el que decide las sanciones cuestionadas (decr. 030/01) gozan de la presunción de legitimidad, que significa una presunción de regularidad, de legalidad, de validez, de juridicidad, de allí que la invocación de nulidad en contra de ellos debe ser necesariamente alegada y probada en juicio, en forma categórica, teniendo en cuenta el fin de bienestar general que ...

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01 Jun 2001

Amparo

Casari, Oscar Osvaldo y otros c/ P.E.N. Minist. de Salud - Amparo ley Nº 16.986 Amparo
Carácter excepcional de la acción / Requisitos de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

La acción de amparo constituye un remedio de excepción, cuya utilización está reservada para aquellos casos en que la carencia de otras vías legales aptas para resolverlas pueda afectar derechos constitucionales, máxime cuando su apertura requiere circunstancias muy particulares, caracterizadas por la existencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y la demostración de que el daño concreto y g...

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01 Jun 2001

Amparo

Casari, Oscar Osvaldo y otros c/ P.E.N. Minist. de Salud - Amparo ley Nº 16.986 Amparo
Obra social / Unificación de aportes y afiliación /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

La ley 24.741 establece que los beneficiarios titulares, o como miembros del grupo familiar primario, que estén afiliados a otro agente del sistema nacional de seguro de salud, deberán optar por una sola obra social y unificar afiliación y aportes. Y su decreto reglamentario 335/00 prescribe que los beneficiarios de la citada ley deberán realizar la opción dentro de los 60 días corridos a partir d...

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01 Jun 2001

Amparo

Casari, Oscar Osvaldo y otros c/ P.E.N. Minist. de Salud - Amparo ley Nº 16.986 Amparo
Interpretación sistemática de la norma / Efectos /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

Una interpretación sistemática y razonable de la ley 24.741 y su reglamentación indica que es a cargo de la obra social universitaria de los accionantes comunicar la situación de pluriempleo a la Superintendencia de Salud, a fin de que ésta de oficio proceda a unificar los aportes y afiliación en la obra social en la que los interesados realicen el mayor aporte. En estos términos lo informó la obr...

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01 Jun 2001

Amparo

Casari, Oscar Osvaldo y otros c/ P.E.N. Minist. de Salud - Amparo ley Nº 16.986 Amparo
Interpretación sistemática de la norma / Efectos /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

Una interpretación sistemática y razonable de la ley 24.741 y su reglamentación indica que es a cargo de la obra social universitaria de los accionantes comunicar la situación de pluriempleo a la Superintendencia de Salud, a fin de que ésta de oficio proceda a unificar los aportes y afiliación en la obra social en la que los interesados realicen el mayor aporte. En estos términos lo informó la obr...

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26 Mar 2001

Amparo

Romero Vázquez, Santiago Segundo c/ Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y otro) - Amparo Amparo
Rechazo in limine / Criterio restrictivo /
Tribubal: Cámara Federal, Sala B

No obstante que el amparo reviste un carácter excepcional y por ende, su procedencia debe declararse con carácter restrictivo, el peraltado objetivo que persigue al tutelar los derechos y garantías fundamentales de la persona humana, requiere en los jueces un prudente y mesurado ejercicio de la facultad, igualmente excepcional, de rechazar in limine la demanda, lo que sólo podrá ocurrir cuando la ...

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