El concurso real de delitos (art. 55 C.P.), presupone la existencia de varios he-chos independientes concurrentes, imputa-bles a una misma persona en forma simultá-nea o sucesiva y en donde las varias lesiones son causadas por varios hechos delictivos....
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Si se producen plurales desapoderamientos a diversas personas en un mismo contexto de acción, cada resistencia individual violentada a los fines de la consecución del apoderamiento constituye un hecho independiente. Siendo ello así, estos delitos concurren realmente (art. 55 C.P.)....
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De ese modo tenemos los tres presupuestos del concurso real: dos o más hechos; la independencia de esos hechos y finalmente su concurrencia. En el primer aspecto contamos con dos sucesos -cuyo nomen juris responde a privación ilegítima de la libertad por una lado y lesiones por el otro-, o sea dos hechos en el sentido natural, pero no dos hechos cualquiera, sino como se aprecia dos hechos delictiv...
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