Al existir consenso en la separación y no subsistiendo voluntad de unión, se entiende que el deber de fidelidad se torna inexigible luego de la separación de hecho.
Pretender que el deber de fidelidad subsista luego de la separación de hecho con la misma intensidad y modalidades que durante la convivencia, contradice las pautas morales y sociales asumidas por nuestra realidad cultural.
El de...
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Si la tacha de inconstitucionalidad del art. 236 C.C. fue introducida luego de que las partes celebraran la primera audiencia prevista por dicha norma y se notificaran de la fecha de recepción de la segunda, tal accionar contraviene la teoría de los actos propios que impide a un sujeto colocarse en un proceso judicial en contradicción con su anterior conducta, para de tal modo impedir el obrar inc...
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El deber de convivencia entre los esposos es recíproco y su violación es imputable no sólo al cónyuge que se aleja del hogar, sino también al que, sin motivo justificado, impide su regreso y para establecer la culpa en relación con ese hecho corresponde examinar las pruebas que permitan apreciar cuál era el clima en que se desarrollaba la vida conyugal, lo cual genera la necesidad de investigar en...
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Las costas de segunda instancia se deben imponer por el orden en que fueron causadas, desde que los temas traídos a debate han merecido disímiles y controvertidas conclusiones tanto en el ámbito de la doctrina como en el de la jurisprudencia....
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Cuando uno de los cónyuges se retira del hogar conyugal, se presupone la causación conjunta de ambos esposos en la ruptura de la unión.
Corresponde al cónyuge inocente demostrar la culpabilidad del otro, si pretende sostener su inocencia o, en otras palabras, probar que la separación fue causada exclusivamente por el otro.
Producido el cese de la convivencia, se deben analizar las circunstanci...
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Frente a las particularidades del proceso (juicio de divorcio e incidentes de cancelación de cautelares) la interpretación que más se compadece con los principios de economía procesal, justicia y equidad es tener a la petición formalizada en la causa, como asimilable a la demanda a que alude el art. 465 del C.P.C.C..\nSe ha impedido establecer el activo conyugal, a los fines de practicar la regula...
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1. Un fallo que no se detiene en la primera impresión. 2. Cohabitar es mucho más que vivir juntos. 3. Los desafíos de conceptualizar jurídicamente los sentimientos humanos...
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El quid del tema traído a examen radica en si resulta procedente otorgar el divorcio en virtud de la causal del art. 214 inc. 2 C.C., en el supuesto de que las partes permanezcan viviendo bajo un mismo techo. Cuestión respecto de la cual autores y tribunales han discrepado recurrentemente en los últimos años acerca de la cuestión, sin llegar a sostener uniformeme...
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Para que quede configurada la causal objetiva del art. 214 inc. 2 deben darse tres elementos: a) el corpus, esto es el elemento material consistente en la separación de la vivienda; b) el animus separationis, referido en la ley con la expresión ?sin voluntad de unirse?, y c) el mantenimiento de la situación fáctica a lo largo de todo el plazo de tres años. La cau...
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El hecho de que la demandada reconozca la existencia de dicho instrumento público, en realidad no significa que desconozca su contenido, el cual es sólo una manifestación unilateral del esposo, de modo que aun cuando haya sido reconocido por la esposa, no acredita el reconocimiento del retiro definitivo y ?sin voluntad de unirse? nuevamente, como lo requiere la ley....
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